Publicidad política y contaminación visual
Ya en plena campaña política para Cámara de Representantes y Senado de la República, la ciudad de Neiva se encuentra invadida de todo tipo de publicidad política de quienes pretenden hacerse elegir para representar –supuestamente-, los intereses de los huilenses en esos desprestigiados foros de la democracia.
Tal como ha ocurrido en campañas electorales anteriores, el ciudadano de a pie ve con tristeza el despilfarro de recursos en inmensos avisos publicitarios, tratando de “vender su producto” con mentirosos slogans de campaña, rostros retocados con photoshop y pobres diseños publicitarios.
El Consejo Nacional Electoral (CNE) reglamentó mediante la Resolución 2797 de 2017, la forma como los partidos y candidatos podrán hacer publicidad en los medios de comunicación y a través de vallas publicitarias.
Y en el municipio de Neiva se expidió la Resolución 004 del 12 de enero de 2018 que reguló los sitios, características y condiciones para la fijación de la propaganda electoral.
Esta Resolución establece que no se podrán colocar pasacalles en el centro de la ciudad, ni se permite la ubicación de propaganda electoral sobre los separadores viales, andenes, calzadas, zonas verdes, arboles, infraestructuras, tales como postes de apoyo a las redes eléctricas, telefónicas, puentes, torres eléctricas, estructuras de servicios públicos, cajillas de empresas de servicio de telecomunicaciones, parques, polideportivos, corredores ambientales y rondas hídricas de protección ambiental incluidas, malecón, Avenida La Toma, río del Oro, rio Las Ceibas entre otras; de igual forma se prohíbe la publicidad en murales.
Sin embargo, algunos candidatos han hecho caso omiso a esta reglamentación sin que el municipio haya procedido a retirar el material publicitario y mucho menos a iniciar el respectivo proceso policivo por contaminación visual que establece el Código de Policía (art.51).
Es deber de la Alcaldía municipal realizar el desmonte de la publicidad que viola la reglamentación, e imponer las sanciones respectivas. Y de los electores, no escoger a quienes desde ante de ser elegidos infringen la ley. (*Dir. Grupo Nuevas Visiones del Derecho – USCO).
