Periodismo y el derecho a la reserva de la fuente
La Corte Suprema de Justicia, en reciente decisión de tutela, se abstuvo de proteger el derecho fundamental al secreto profesional alegado por la Revista Semana, en el caso de una orden del Tribunal Superior de Bogotá que dispuso revelar la fuente en una investigación periodística.
El caso se origina por una acción indemnizatoria instaurada por la ex viceministra de agua y saneamiento Leyla Rojas, quien alegaba la afectación de su buen nombre a raíz de la publicación que hiciere la Revista Dinero, de presuntas irregularidades al mantener relaciones cuestionables con políticos cuando era funcionaria de la empresa carbonera CCX Colombia.
La orden del Tribunal Superior cayó muy mal en el medio periodístico con justa razón, pues la reserva de la fuente es la base del ejercicio investigativo del periodista. Esta protección no es un privilegio sino una garantía para poder denunciar en el marco del debate público, situaciones irregulares que con nombre propio no es posible revelar, pero que bajo la protección del anonimato es posible presentar. Descubrir las fuentes periodísticas puede conllevar incluso un riesgo a la vida e integridad del denunciante.
Sin embargo, este derecho como todos en Colombia no puede ser absoluto. El medio de comunicación, ante denuncia formulada por personas que solicitan no revelar su identidad, tiene el deber de verificar su razonabilidad o plausibilidad, y solicitar la versión de la persona implicada, absteniéndose en todo momento de inducir a error a los lectores o asumir una actitud parcializada. Esto lo ha expresado la Corte Constitucional en la sentencia T-298/09.
La reserva de la fuente garantizada por el artículo 74 de la Carta no está sometida a limitaciones. Según la Corte, es una garantía constitucional fundamental para asegurar el libre flujo de información, la independencia y libertad de los periodistas y el derecho de la sociedad a estar adecuadamente informada.
La protección del periodismo responsable asegura que los Estados democráticos puedan ser vigilados por sus ciudadanos, evitando caer en dictaduras como la venezolana en donde la libertad de la prensa es inexistente.
(*Dir. Grupo Nuevas Visiones del Derecho – USCO).
