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Opinión/ Creado el: 2020-07-28 01:52

Partidos sin causa

Escrito por: Redacción Diario del Huila | julio 28 de 2020

Por José Eustacio Rivera Montes

Luego de ver la contundente elección de Arturo Char como presidente del senado de la Republica, donde muchos cuestionaron el no compartir tal postulación de cambio radical, partido que de acuerdo a lo pactado por  políticos establecidos, le merecía el tercer año en presidir la mesa directiva de la cámara alta, por el escándalo de la captura y fuga de la ex representante a la cámara por el Atlántico Aida Merlano por la compra de votos que se le fue comprobado en un allanamiento por parte del CTI. Fueron 76 votos contra 23 del senador del partido verde Iván Marulanda.

Estos mismos partidos que han criticado, además de señalado al gobierno y su partido, sin sonrojarse votaron por el hoy presidente del congreso. Si bien hay unos acuerdos internos y de bancadas, estos que lucharon, promovieron y defendieron lo pactado en la Habana son los aliados naturales del gobierno de Iván Duque fueron quienes enarbolaron las banderas del NO a los acuerdos con las FARC y el gobierno de Juan Manuel Santos. Sin duda el afán desmedido por la señala y criticada “mermelada” hizo cambiar de parecer a los partidos de la paz.

El poder acomodar a como de lugar a los hijos y familiares de quienes hoy dirigen las colectividades son la agenda política de los directorios colectivos. El nepotismo y el clientelismo se a apoderado de los acuerdos, y lo que fue el frente nacional, se detalla en un cumulo de partidos que perdieron el rumbo, y el estandarte ideológico. Algo fundamental de la democracia representativa es el derecho a ser elegido. La función de postular candidatos es uno de los aspectos más debatidos de la teoría política. Las legislaciones de algunos países establecen el monopolio partidista en esta materia. En el caso colombiano ese derecho se reconoce no solo a los partidos y movimientos políticos, sino también a los movimientos sociales y a los grupos significativos de ciudadanos. Así lo dispone el artículo 108 de la Constitución; la figura del aval electoral es la concreción de esa facultad.  

Si se adopta una definición semántica del término “aval” -documento mediante el cual alguien responde por la conducta de otra persona- podría decirse que en el ámbito político el aval es una garantía que otorgan los partidos y movimientos sobre las calidades de sus candidatos y el cumplimiento de los requisitos establecidos para su elección.Para quienes aspiran a ser elegidos, el aval es la puerta de entrada a la competencia electoral. Y para los partidos, el mecanismo mediante el cual controlan las calidades y condiciones de sus candidatos.