Unidos por El Quimbo
Por Álvaro Hernando Cardona González
Siempre, hemos sostenido en este espacio de opinión, que el desarrollo no puede detenerse y que siempre será irremediable que por él se impacte al ambiente natural. Pero también seguimos convencidos que la fórmula de la ONU, por medio de la Comisión Brundtland y que luego se “legalizó” internacionalmente mediante la Declaración de Río de Janeiro y nacionalmente en la Constitución Política, denominada desarrollo sostenible, lo permite con garantía.
Mediante Resolución 0899 de mayo de 2009 el Ministerio de Ambiente de entonces otorgó licencia ambiental en favor de Emgesa S.A.-ESP para el proyecto hidroeléctrico El Quimbo, que luego esta misma entidad, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales-ANLA (la última de las cuales es la Resolución No. 0759 de junio de este año), y el Tribunal Administrativo del Huila mediante Acción Popular 2014-00524 tuvieron a bien modificar en conjunto no menos de unas siete veces.
Muchos en el departamento con criterio técnico (estos son los que valen) se han venido quejando de algunos incumplimientos por parte de la empresa beneficiaria de la licencia comentada, contemplados en el plan de manejo ambiental que de ella se deriva. Y hay que decir que también muchos nos quejamos por el injustificado incumplimiento de las compensaciones e indemnizaciones sociales que se acordaron con las autoridades territoriales, aunque también es cierto que ha habido negligencia para constituir un equipo permanente técnico dedicado a esto desde el mismo momento en que se suscribieron dichos acuerdos y pese a que así se recomendó por el equipo que asesoró a dichas entidades.
No debe extrañar entonces que nuestra Corporación Autónoma Regional CAM el 3 de julio pasado, mediante Resolución No 1503 haya decidido hacer uso de las atribuciones “a prevención” que le confiere el artículo 2 de la Ley 1333 de 2009 ante la abrupta acción de empezar el llenado del embalse o vaso y decidiera imponer la suspensión inmediata de la misma mientras se adelanta un proceso sancionatorio (en nuestro criterio obligatorio e ineludible y no por el plazo señalado en el acto administrativo) por parte de la ANLA a quien suponemos ya a estas alturas se debe haber dado traslado por tener la competencia sancionatoria.
Lástima no se pensó en aunar esfuerzos entre departamento y municipios afectados alrededor de esta decisión.
Ahora es cuando debemos seguir unidos por un El Quimbo sostenible. Todo el Huila y sin ambages. Y solicitarle al Departamento que así como se ha obrado en buena hora con firmeza justificadamente por lo ambiental, también lo haga por lo social; acaso ¿no está lo social en el plan de manejo ambiental?
