viernes, 10 de julio de 2026
Opinión/ Creado el: 2017-05-21 01:16

Separación de poderes y Fast track

Germán Alfonso López Daza

Escrito por: Redacción Diario del Huila | mayo 21 de 2017

La separación de poderes es un principio medular en la Constitución de 1991 y es parte esencial del Estado Social de Derecho. Desde Montesquieu en “El espíritu de las leyes”, se ha establecido la necesidad de una división de los poderes estatales, primero para aplicar la ley por órganos independientes pues en caso de no hacerlo, podrían afectarse derechos fundamentales, y para que exista un control recíproco –check and balance- que evite la concentración de poder y el nacimiento de una tiranía.

Es por eso que el Congreso y el Gobierno deben coordinar sus funciones sin sobreponerlas, duplicarlas ni tratar de obstaculizarlas o anularlas, primando la interdependencia de las distintas ramas y órganos estatales.

La separación de funciones está prevista en la Carta de 1991 en el artículo 113 que consagra el principio de separación de funciones de las distintas ramas del poder público, al estatuir su autonomía, independencia y obligación para colaborar armónicamente entre sí.

Este principio fue el defendido por la Corte Constitucional en la última decisión de control de constitucionalidad tomada esta semana, que afecta aspectos neurálgicos del “fast track” o trámite especial de normas que debe aprobar el Congreso de la República para implementar los Acuerdos de La Habana. Según lo decidido, el Congreso no necesitará votar en bloque, ni requerirá el aval del Gobierno para hacer modificaciones, aunque se mantiene la reducción en el número de debates.

Con esta declaratoria de inexequibilidad que establecía la votación en bloque del articulado –para aligerar su trámite- y la limitación al Congreso para incluir modificaciones a los proyectos de ley, se reafirma la importancia de este principio en el sistema constitucional colombiano y se impone la necesidad de que el Gobierno convenza a la Unidad Nacional del contenido y bondad de las leyes que en el futuro debe presentar para implementar el Acuerdo de Paz.

El Gobierno no debe bajar la guardia y deberá trabajar conjuntamente con el Congreso para evitar que la anhelada paz se vuelva imposible de materializar por cuenta de las dificultades que aún faltan por sortear. (*Dir. Grupo Nuevas Visiones del Derecho – USCO)