jueves, 16 de julio de 2026
Opinión/ Creado el: 2015-05-06 06:08

Los abundantes derechos

Colombia heredó de Francisco de Paula Santander el amor por las leyes, tal vez de manera tan inconmensurable que, casi dos siglos después de su muerte, el país tuvo que crear (hace más de 20 años) una institución guardiana de la Constitución ante las abundantes leyes que eventualmente la pudieran lesionar.

Escrito por: Redacción Diario del Huila | mayo 06 de 2015

Este máximo órgano se llama Corte Constitucional, que cada que se pronuncia acerca de un caso real no solo genera jurisprudencia sino que pone a pensar al país.

Hace unos días se refirió a un sensible tema que tiene que ver directamente con la vida, un derecho fundamental denominado “a que sea intentado”.

Este particular nombre tiene relación con una singular historia de una mujer de 29 años de edad. El hecho tiene relación con una acción de tutela presentada por el señor Mario de Jesús Rivera Torres, actuando como agente oficioso de su hija Mairoby Rivera Taborda, quien se encuentra en estado vegetativo desde hace cuatro años, contra la EPS Sánitas y Colsanitas Medicina Prepagada, debido a que las mismas se niegan a practicarle una “estimulación espinal epidural cervical”, la cual fue ordenada el 12 de agosto de 2013 por el médico especialista en neurocirugía Dr. Maximiliano Páez Novoa, galeno que no se encuentra inscrito a la mencionada EPS.

Este particular derecho “a que sea intentado”, no tiene otro objetivo que el de que se agoten todas las posibilidades científicas existentes en la atención de un paciente que no tiene muchas opciones de vida, por ejemplo, las personas en estado vegetativo persistente o de conciencia mínimo.

Este es un derecho que pueden invocar de ahora en adelante quienes tengan un familiar en estas condiciones y guarden la firme convicción de salvarle la vida a través de la ciencia. Este derecho que pasa a la órbita de los derechos fundamentales entraría, y en algún momento va a ocurrir, en pugna con otro derecho bastante criticado por algunos sectores sociales y es el derecho a morir dignamente.

La eutanasia, ya regulada en Colombia, es lo contrario del anterior derecho y es la opción que una persona tiene de acabar con su vida si así lo desea, siempre y cuando cumpla con la condición de que su enfermedad sea terminal, no tenga cura y esté padeciendo consecuencias dolorosas en medio de su tratamiento paliativo.

De modo que en Colombia la Constitución es tan garantista que los ciudadanos no solo tienen derecho a aplicar la eutanasia sino a invocar el derecho “a que sea intentado” como una opción de vida.

Tanto derecho fundamental indudablemente genera seguridad jurídica, pero al mismo tiempo maliciosos malentendidos. Solo esperamos que este nuevo derecho sirva a muchas personas a que busquen su aplicabilidad.