Lo constitucional es el Desarrollo Sostenible (II)
Quedamos en la edición anterior del Diario del Huila pendientes de hacer una lista de acciones que propendan por dar cumplimiento al mandato constitucional que impone la planificación del uso (inevitable) de los recursos naturales para garantizar el Desarrollo Sostenible.
Porque es, primero, la aceptación de que no hay forma de concebir vida humana y más, digna (propia del Estado Social de Derecho), sin generar un impacto al ambiente; segundo, que tampoco es posible lograr un mejor estar humano si no hacemos más aprovechamiento de los recursos del ambiente o los reemplazamos; y tercero, que cuando no es posible reemplazarlos hay que aplicar la innovación, la tecnología y la inventiva humana para hallar adecuadas y proporcionadas medidas de mitigación, corrección o compensación de los impactos negativos que surgen por su extracción y/o uso.
Bien, estas son algunas de las cosas que se pueden hacer: 1.- El Estado, con ayuda de los particulares debe hacer mayores esfuerzos en el conocimiento e inventario de los recursos naturales. ¿Qué tenemos los colombianos? ¿Cuánto vale lo que tenemos? Son preguntas difíciles de absolver pero ello no puede ser excusa para no comenzar hacerlo. 2.- Las áreas protegidas deben ser alinderadas, empezar los procesos para garantizar los derechos mínimos de los particulares que ejercen titularidad de dominio o propiedad y precisar las actividades u obras que se pueden realizar o no allí. 3. A la par de lo anterior, es menester eliminar para las áreas protegidas de mayor protección, como parques nacionales, páramos y áreas de cuencas abastecedoras de agua para acueductos, la posibilidad de excluirse como tales en el futuro. Hay que acabar con la figura de la “sustracción”. 4. Tales áreas deben excluirse tajantemente de las concesiones o títulos petroleros o mineros. Aunque lo repitamos, hay que decirlo: no puede seguir la práctica de que el Estado conceda títulos de explotación para que después el mismo Estado niegue la posibilidad de adelantar las acciones para hacer efectivos esos derechos. 5. Las áreas que comprendan asentamientos indígenas también deben ser alinderadas para que haya claridad para quien quiera explorar o explotar recursos naturales y evalúe los riesgos que surgen de las consultas previas. Creemos que sólo las áreas de interés antropológico o arqueológico deben estar vedadas del todo.
Tener claridad sobre qué conservamos y qué aprovechamos sosteniblemente, garantiza transparencia y evita corruptelas. Pero además esa seguridad blinda de posibles indemnizaciones al Estado por posiciones erráticas.
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