lunes, 13 de julio de 2026
Opinión/ Creado el: 2016-04-02 07:59

Laguna o reservorio artificial: Los Colores

Álvaro Hernando Cardona González

Escrito por: Redacción Diario del Huila | abril 02 de 2016

En edición del pasado 23 de marzo, este diario hizo referencia a la polémica que se sigue presentando por las autorizaciones de construcción de urbanizaciones en inmediaciones de lo que se conoce como la laguna de Los Colores

Siendo respetuosos de las posiciones de las autoridades, pero controvirtiéndolas, hacemos las siguientes observaciones:

1.- Es evidente que como se evidencia en algunos planos y fotografías aéreas del sector oriental del casco urbano de Neiva, por el área de lo que se denomina Los Colores existían escorrentías de aguas lluvias (por supuesto naturales) que han desaparecido.

2.- Igualmente evidente que lo que se denomina como “humedal” o “laguna”, es en verdad un depósito de aguas artificialmente construido por antiguos propietarios de terrenos cuando eran grandes extensiones de propiedad no urbanizadas y dedicadas a la ganadería.

3.- Hoy los terrenos aledaños al reservorio (artificial) están construidos y hacen parte ya hace décadas del casco urbano de la ciudad. Además sometidos desde la expedición de la Constitución Política en 1991 y en especial de los decretos reglamentarios de la Ley 388 de 1997 (esto es, desde no antes de 1994) a las reglamentaciones de usos del suelo, equivocada pero comúnmente conocidas como planes de ordenamiento territorial.

4.- Es absolutamente inequitativo que propietarios de tierras se vean perjudicados por limitaciones al derecho de dominio por actos administrativos posteriores a los de adquisición pacífica y legal en favor de toda la sociedad y ésta no los indemnice. Los derechos colectivos priman sobre los individuales pero esto no es per se patente de corso para perjudicar.

5.- Reciente decisión de la Corte Constitucional sobre inexequibilidad del Plan Nacional de Desarrollo obligó a limitar los páramos para brindar seguridad jurídica a títulos mineros y petroleros. Sienta precedente importante en materia de delimitación de bienes de uso público e interés social que debe entenderse hacia futuro. Y además precedente sobre presupuestos para garantizar derechos adquiridos.

6.- Existen análisis fisicoquímicos, microbiológicos y limnológicos del reservorio que constatan problemas de contaminación y su origen en vertimientos de aguas negras.

Aquí hemos querido rescatar el sentido de la Justicia entendida como la ciega mujer que sin preguntar por quién y su condición, restituye los derechos. Una urbanización conectada al alcantarillado le hace menos daño ambiental a un cuerpo de agua que barrios vertiéndole aguas negras.

La estigmatización afecta a la sociedad e impide el desarrollo sostenible.