La renuncia de altos funcionarios del estado
Germán Alfonso López Daza
Derecho, Política y Sociedad
Los servidores de alto nivel jerárquico tienen una característica que los diferencia de los demás empleados públicos: la dignidad que representan en virtud del cargo que ostentan. De allí sus prerrogativas, reconocimiento y también su responsabilidad, pues encarnan los altos intereses de una nación. En muchos países, los funcionarios que se ven involucrados en escándalos que perjudican la imagen del Estado, prefieren dar un paso al costado, incluso sin haber sido declarados responsables.
Como ejemplo de lo anterior se puede citar el caso del magistrado de la Corte Suprema de Justicia de Panamá Víctor Benavides, que renunció en junio de este año debido a la investigación que se lleva a cabo por enriquecimiento ilícito y corrupción de funcionario público. O el sonado escándalo de la Ministra de Educación alemana Anette Schavan, que en septiembre de 2013 presentó su renuncia a la canciller Merkel por un supuesto plagio de su tesis doctoral, pese a alegar su inocencia. O la renuncia del Primer Ministro de Corea del Sur Chung Hong-Won que en abril de 2014 dimitió a raíz de la lenta respuesta gubernamental de rescate por el naufragio del transbordador Sewol que provocó 293 muertos.
En Colombia, la renuncia por dignidad no es muy aplicada. Existen muchos antecedentes bochornosos y que han perjudicado nuestra frágil democracia como el deshonroso episodio del expresidente Samper, quien sin ninguna vergüenza, se amarró al poder gracias a la clase política que lo sostuvo durante cuatro años a cambio de prebendas.
Este mismo ejemplo lo parece estar siguiendo el magistrado Pretelt. Si bien existen unos postulados constitucionales que se le deben proteger como la presunción de inocencia y el buen nombre, el señor Pretelt olvida que en este caso existen unos intereses que trascienden su individualidad: la institucionalidad y la imagen de la Corte Constitucional.
El proceso que le espera al magistrado ante el Senado de la República puede someter a la Corte Constitucional a un desgaste institucional innecesario. Las personas en los cargos son pasajeras. Lo que trasciende es la magnificencia y la dignidad del Estado. (Dir. Grupo Nuevas Visiones del Derecho – USCO).
