martes, 14 de julio de 2026
Opinión/ Creado el: 2015-11-23 08:18

Indulto a las FARC

El Ejecutivo ayer indultó a 30 guerrilleros presos por el delito de rebelión. La motivación de esta decisión se dio con el fin de lograr la construcción de confianza entre las partes en negociación y con el objetivo de darle un nuevo impulso a la mesa de diálogo de La Habana.

Escrito por: Redacción Diario del Huila | noviembre 23 de 2015

En este primer grupo, ninguno de los internos tiene delitos con sanciones penales fuertes. La idea es que este grupo entre a hacer parte del proceso de reincorporación.

En palabras simples, los guerrilleros resultaron libres con el fin de concretar la paz. La pregunta que muchos se hacen tiene que ver con la conveniencia de esta medida, si realmente resulta efectiva para lograr la paz.

Seguramente, para la oposición este es un mensaje de impunidad con el que se premia a la delincuencia. Sin embargo, jurídicamente esta medida tiene un sustento aplicable en la jurisdicción nacional.

El artículo 50 de la Ley 418 de 1997 establece que el indulto se podrá conceder "a los nacionales que ya hubieren sido condenados mediante sentencia ejecutoriada". Es decir, así estén en firme sentencias penales, estas personas pueden resultar beneficiadas de la gracia del Estado.

Como mejor lo expresa la Corte Constitucional en su sentencia C-768-98. “Ello implica que en este caso, el beneficio se otorgaría luego de culminado el proceso penal, en una etapa posterior a él. Es decir, la gracia se concedería después de que la persona ha sido objeto del proceso, en cuyo curso ha debido poder gozar de su derecho a ser tratado en igualdad de condiciones respecto de los demás procesados. Sin embargo, una vez culminado el juicio, la gracia del indulto sí se puede otorgar de manera diferenciada, de acuerdo con los criterios que establezca la ley. Es claro que no puede derivarse de la Constitución un derecho al indulto o a la amnistía. La concesión del indulto o de la amnistía se vincula a una potestad graciosa del Estado y, por consiguiente, ella genera situaciones y posiciones jurídicas que sólo se sostienen en el acto de voluntad que las instituye”.

De modo que, esta decisión del ejecutivo es beneficiosa si se tiene en cuenta como un voto de confianza a las negociaciones. Pues es natural que los guerrilleros estén pensando que de no negociar, los judicializan y hasta extraditan.

Es necesario que ellos entiendan que pueden reincorporarse y que la negociación se puede dar. Lo que está claro es que habrá justicia y se hará un pacto para que nunca más vuelvan a cometer crímenes como lo hicieron en el pasado.