Dirección mujer rural II parte
Ana María Rincón Herrera
Las funciones de la Dirección de la Mujer Rural que dispone el decreto 2369 consta de lo siguiente: Coordinar, diseñar y evaluar las políticas, planes, programas y proyectos integrales de desarrollo rural con enfoque territorial, encaminadas a la provisión de bienes públicos rurales, que incidan en el bienestar social y económico de las mujeres rurales
Además propiciar la articulación con las entidades del orden nacional y territorial para la implementación de planes y proyectos integrales de desarrollo rural y agropecuario para la mujer rural.
Proponer normas, instrumentos y procedimientos diferenciales para las mujeres rurales que permitan el acceso y la provisión de bienes públicos rurales. Suministrar y analizar la información requerida para el diseño de política e instrumentos diferenciales para la mujer rural. Coordinar con la Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones los desarrollos tecnológicos y necesidades informáticas que se requieran en el ejercicio de sus funciones.
Promover los programas a su cargo y potencial izar los recursos, mediante alianzas o esquemas de cooperación entre el Estado, la comunidad y el sector privado. Identificar y coordinar con la Oficina Jurídica la implementación de los cambios normativos, procedimentales e institucionales que se requieran para el logro de los objetivos y metas de la política de gestión de bienes públicos rurales para las mujeres rurales.
Coordinar con la Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y las entidades competentes los mecanismos para la recolección, procesamiento, análisis y utilización de la información que se obtenga de los sistemas de información del Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión y la observancia de sus recomendaciones, en el ámbito de su competencia.
Dirección de Agencia Rural
El gobierno Nacional dio el voto de confianza a Carlos Eduardo Géchem Sarmiento para que este de frente con la Dirección de la Agencia Nacional de Desarrollo Rural. El Presidente Juan Manuel Santos, junto con el Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas; el Ministro de Agricultura, Aurelio Iragorri y la Directora de Función Pública, Liliana Caballero firmaron el 1 de enero del 2016, los decretos en el marco de las facultades extraordinarias que le otorgó el Congreso de la República, lo que le permitió al Gobierno hacer una reforma institucional integral al sector agropecuario.
El objeto de la Agencia de Desarrollo Rural es ejecutar la política de desarrollo agropecuario y rural con enfoque territorial formulada por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, a través de la estructuración, cofinanciación y ejecución de planes y proyectos integrales de desarrollo agropecuario y rural nacionales y de iniciativa territorial o asociativa. Bien por el Huila y por Carlos Eduardo que sabemos qué hará una muy buena gestión. Igual saludar a Carlos Ramiro Chávarro y Hernando Ruiz.
