Dios no puede ser un negocio comercial
En un mundo moderno, humano y racional, cada uno es libre de tener sus propias creencias y si así lo quiere difundirlas.
Acertadamente, con dicho talante, la Constitución Política de Colombia garantiza la libertad de cultos y su libre difusión en forma individual o colectiva (iglesias). Y existen muchísimos cultos e iglesias que ayudan a satisfacer la necesidad afectiva-espiritual del hombre. Ninguna de ellas (las iglesias), desde un punto de vista eminentemente formal, es mejor o peor la una de la otra, y ninguna de ellas tiene monopolio sobre el ser divino para garantizar que ella y no otra es el camino verdadero. Así, todas las iglesias han jugado y jugarán un papel muy importante en la sociedad, satisfaciendo la necesidad afectiva-espiritual del hombre, pero sobre todo dándole a sus seguidores un código ético-moral de comportamiento. Las iglesias tienen por ello la finalidad de guiar en el culto a los fieles, haciendo más fácil el contacto con el ser divino (el que fuere), más llevadera la existencia y dando un norte a la vida personal. Todas ellas tienen su falencias y problemas al ser instituciones humanas, por lo cual debemos ser críticos al momento de escoger con cual nos quedamos, conforme sean sus reglamentos internos y el uso de los recursos. Las iglesias no puede ser cotos particulares de caza para vanidades e intereses personales, ni empresas particulares para garantizar el bienestar y buen vivir de sus sacerdotes, pastores o jerarcas y sus familias. De hecho, a pesar de que las iglesias son libres en cuanto al recaudo de diezmos y ofrendas y su uso, los recursos deberían ser usados únicamente para el mantenimiento austero de las iglesias y sus sacerdotes o pastores y la promulgación del culto. Son sin embargo los adherentes o fieles de cada iglesia los que deben juzgar y determinar si el uso de los diezmos y ofrendas es el adecuado o si se presentan desmanes o malos usos. Así, los fieles con el retiro de su soporte económico pueden controlar los abusos. Ello en principio no le correspondería al Estado. No obstante, el Estado si debe y tiene que controlar las personas jurídicas que en el plano jurídico conforman las iglesias, las cuales deben sujetarse al régimen legal y tributario previsto para ellas. Un límite a las iglesias y sus reglamentos es por lo tanto la constitución y la ley y por ello las iglesias y sus reglamentos deben respetar los derechos fundamentales, la igualdad, la seguridad, la salud, la moralidad pública, el orden público y la no discriminación. El Estado entonces no puede ser un espectador pasivo si llegasen a existir iglesias que en sus reglamentos y comportamiento violan la constitución y la ley. Tampoco pueden las iglesias dar un uso inadecuado a los recursos de los fieles, transfiriendo bienes producto de los diezmos y ofrendas a sus sacerdotes, pastores y allegados, ya que ello además de ser una burla rampante a los fieles implicaría la comisión del delito de estafa. Entonces, el Estado no puede ser pasivo, so pretexto de las libertad de cultos, cuando se presenten violaciones de la ley. Dios debe ser, para todos aquellos como yo que creemos en un ser superior, un negocio espiritual personalísimo para suplir una necesidad afectiva-espiritual que haga más llevadera nuestra existencia y darle un norte a nuestra vida personal, con un código ético-moral de comportamiento, en línea con la constitución y la ley, y no un negocio comercial. Debemos ser críticos y alejarnos de aquellos cultos e iglesias que han visto en Dios un negocio comercial abusando de nuestras necesidades espirituales.