miércoles, 15 de julio de 2026
Opinión/ Creado el: 2015-08-30 05:23

Derecho, Política y Sociedad: La justicia internacional frente a los actos de Venezuela

Por Germán Alfonso López Daza*

Escrito por: Redacción Diario del Huila | agosto 30 de 2015

Ante los actos realizados por la Guardia Venezolana en contra de los colombianos inmigrantes, muchos ciudadanos y dirigentes políticos sugieren al Presidente Santos, acudir ante organismos internacionales con el fin de denunciar estos actos que podrían llegar a tener tinte xenofóbico y violador de derechos humanos.

En primer lugar es necesario descartar el Sistema Interamericano de Derechos Humanos toda vez que Venezuela se retiró el 11 de septiembre de 2012, por lo que cualquier víctima del Gobierno venezolano no tiene la posibilidad de acudir a la Corte interamericana. Valga decir que Venezuela tiene pendientes 16 sentencias condenatorias emitidas por el citado tribunal, entre 1995 y 2012 que contemplan, entre otras medidas de reparación, el pago de unos 9.700 millones de dólares en indemnizaciones para más de 250 víctimas.

Quedaría entonces la Corte Penal Internacional creada mediante el Estatuto de Roma. Esta institución estaría facultada para ejercer su jurisdicción sobre personas que cometan los crímenes más graves de trascendencia internacional y tendría carácter complementario de las jurisdicciones penales nacionales. Venezuela ratificó el Tratado de Roma por lo que hace parte de este sistema penal internacional.

Considero que existirían dos conductas que podrían eventualmente estar inmersas en las prescripciones del Estatuto, específicamente las consagradas en el artículo 7 que prevé los crímenes de lesa humanidad: la deportación o traslado forzoso de población y la persecución.

La deportación o traslado forzoso se entiende como la expulsión u otros actos coactivos, de personas legítimamente presentes en una zona, sin motivos autorizados por el derecho internacional. El asunto aquí es establecer si estos colombianos estaban legítimamente en Venezuela. Y la persecución es la privación intencional y grave de derechos fundamentales en razón de la identidad del grupo o de la colectividad.

Pese a existir esta vía judicial internacional, es poco probable que el Presidente Santos acuda a ella pues ello implicaría romper definitivamente las relaciones diplomáticas con nuestro muy fastidioso vecino.

(*Director Grupo Nuevas Visiones del Derecho – Universidad Surcolombiana)