Demandarían elección de personeros
El problema de la elección de personeros es más complejo de lo que muchos creen. No se trata de la simple escogencia de la universidad que hará el concurso, sino la competencia de la entidad que finalmente los elegirá.
En junio de 2012, el Congreso de la República aprobó una reforma al Régimen Municipal (Ley 1551). Allí se establecía (Artículo 35) que los Concejos serían los encargados de elegir a los personeros, previo concurso público de méritos por parte de la Procuraduría. La Corte Constitucional declaró este artículo inconstitucional en lo que tiene que ver con la expresión “que realizará la Procuraduría General de la Nación”, cuando se refería al “previo concurso de méritos”, que sí fue aprobado por la Corte.
El Departamento Administrativo de la Función Pública, a través del Decreto 2485 de 2014, estableció las etapas a seguir en el proceso: convocatoria, inscripción de aspirantes y pruebas, que incluyen un examen de conocimientos (equivalente al 60 % de la calificación final), valoración de estudios y experiencia (30 %), y entrevista (que representa el 10 %). Hasta ahí todo bien.
Sin embargo el problema se vino cuando algunos cabildos afirmaron que no contaban con el presupuesto para pagar el concurso a una universidad. Fue entonces, cuando varias entidades estatales se reunieron y acordaron que la ESAP haría el concurso. No obstante, ya algunos Concejos habían contratado. La Procuraduría afirmó que quien celebrara contratos para efectos del concurso incurriría en detrimento. El problema es que el tiempo pasa y ya la ESAP no podrá atender a todos los cabildos.
Por otro lado, el lío está en qué Concejo tiene la competencia, si el actual o el que viene. Ante esto, el Consejo de Estado afirmó que la convocatoria y las pruebas las deberían hacer los concejos que sesionan actualmente, mientras las entrevistas y la elección deberán hacerlas los que lleguen el próximo año, claro, en la práctica, el procedimiento lo hace la entidad contratada.
Ya deben estar listas las demandas a razón de las entidades que hicieron el concurso. Lo otro es que si hay una entidad que premiará los méritos y elige un personero, para él no aplicarían las inhabilidades por conflicto de intereses al tener un familiar en el Concejo. Este sería otro punto para regular.
Entre tanto, la celeridad en este concursos se verá afectada y seguramente, esta será una excusa para terminar de complicar esta elección, como ya se está viendo en Neiva.
