Cámara de comercio y conciliación
Amadeo González Triviño
El acceso a la administración de justicia se ha constituido en un derecho fundamental de todo ser humano, pero a la vez, es imprescindible que dicho derecho esté inescindiblemente ligado al derecho a una pronta y oportuna e inmediata respuesta y que esa justicia se pronuncie de la manera más efectiva y acertada en beneficio de los ciudadanos.
Pero para acceder a dicho derecho en asuntos económicos, civiles, comerciales, familia y administrativos, entre otros, es requisito el agotamiento de una vía prejudicial denominada la Conciliación Previa, la cual, debería revisarse y proyectarse como ese mecanismo que efectivamente cumpla su función, que desempeñe el papel de acercamiento de los sujetos en la resolución de las controversias, y que mediante un diagnóstico de la efectividad de las mismas, se vea la conveniencia de su presencia en el ámbito jurídico y de las relaciones sociales entre los particulares, por un lado entre los ciudadanos y la administración, por el otro.
En cuanto tiene que ver con la conciliación previa entre particulares, existen los Centros de Conciliación de las Cámaras de Comercio y las Notarías.
Consideramos que ha llegado la hora de volver los ojos a la provincia, de buscar mecanismos efectivos que acerquen a las comunidades con la administración de Justicia, y las Cámaras de Comercio a partir de los Centros de Conciliación, para que éstos pueden contribuir, por un lado con la formación de conciliadores y por la otra con la implementación paulatina en todos los circuitos judiciales con Centros de Conciliación que extiendan su radio de acción y la oferta de su servicio a cada uno de los municipios que conforman dicho circuito judicial.
Es necesario a su vez, dinamizar procesos en los que, cuando estamos hablando de procesos de reconciliación, de acuerdos de convivencia y de buscar las formas de solución de los conflictos sociales, los centros de conciliación no se queden solamente empotrados en atender las peticiones sobre conciliaciones extrajudiciales, sino que se vaya más allá, en lo que es crear la cultura de la conciliación, generar espacios para que las comunidades entiendan y participen, de las fórmulas y de los procesos de acercamiento en la solución de los conflictos propios de esas comunidades.
Estamos convocando a la Cámara de Comercio, para que sin olvidar la provincia, sin olvidar el rol protagónico que se tiene en la comunidad, podamos contar muy pronto con una serie de programas y de actividades que acerquen a la sociedad hacia las prácticas y los mecanismos de convivencia que se deriven de la conciliación, esperanzados siempre en que dicho servicio sea a bajo costo, y procure hacer parte del desarrollo de las etapas requeridas para que cuando se recurra a la administración de Justicia, se haya previamente ilustrado a las partes sobre las implicaciones y las consecuencias de su actuar, buscando siempre, la descongestión de los despachos judiciales, ya que éstos, como van las cosas, no pueden brindar una oportuna e inmediata protección a nuestros derechos por la vía de la juridicidad.
Es que no podemos seguir pregonando que la justicia cojea pero llega, porque esa es una forma equivocada de atender al paciente, como en los casos de los enfermos, que cuando se ordena el tratamiento, éste ya ha fallecido o ya es imposible cualquier intento de recuperación y en muchos casos, ni la acción de tutela es efectiva.
