Aprobación del uso medicinal de la marihuana
Germán Alfonso López Daza
Derecho, Política y Sociedad
La plenaria del Senado de la República aprobó esta semana el uso medicinal de la marihuana, propuesta legislativa impulsada por el Senador Juan Manuel Galán. Esta propuesta ha tenido muchos detractores, principalmente del Centro Democrático, que ven en este proyecto una forma de incentivar el uso de la droga y de apoyar el fortalecimiento de los carteles del narcotráfico.
Este proyecto de ley debe ser interpretado en el marco constitucional del artículo 49 de la Carta Política de 1991 el cual, si bien prohíbe el porte y el consumo de sustancias estupefacientes o sicotrópicas, establece una excepción: la prescripción médica. La prohibición del artículo 49 fue introducida por el Congreso mediante reforma Constitucional del año 2009, impulsada por el Gobierno del expresidente Uribe, como una forma de contrarrestar los efectos de la sentencia de la Corte Constitucional C-221 de 1994 que despenalizó el consumo de la dosis personal.
El uso medicinal del cannabis confirma muchos beneficios: contrarresta los dolores crónicos, se puede usar en caso de esclerosis, depresión, alzhéimer y epilepsia parcial y contra nauseas para pacientes con quimioterapia o con SIDA, entre muchas otras aplicaciones.
Con la iniciativa de uso medicinal del cannabis se espera mejorar la calidad de vida de más de 3 millones de personas que poseen enfermedades crónicas y que requieren su uso como una alternativa médica para llevar una verdadera vida digna. En estos casos, el dolor asume una preponderancia constitucional en la medida que éste altera la calidad de vida, es decir, la dignidad humana.
Esta iniciativa es una forma de protección de la dignidad humana entendida esta como la facultad que tiene toda persona de exigir de los demás y del mismo Estado, un trato acorde con su condición humana. No es acorde con la dignidad humana el obligar a un ser humano a soportar dolores intensos o las consecuencias de una penosa enfermedad. De esta manera, la dignidad se erige como un derecho fundamental, de eficacia directa, cuyo reconocimiento general compromete el fundamento político del Estado colombiano. (Dir. Grupo Nuevas Visiones del Derecho – USCO).
