A qué jugamos…
Helber Mauricio Sandoval Cumbe
Ya son 37 días de ejercicio de las nuevas administraciones territoriales. Es época de renovación, entre la que está, la del personal que allí presta sus servicios, las que muy seguramente y dentro del ámbito de discrecionalidad que otorga la contratación directa, permite a los mandatarios rodearse de contratistas seleccionados sin pluralidad de oferentes.
Pero también es época de desavenencias de quienes hasta el año 2015 fueron contratistas, para con los nuevos titulares de las entidades que decidieron no contratarles más. Y entonces inicia la desbandada a las oficinas de abogados para demandar a las mismas entidades que las contrataron, con un argumento, seguramente no antes pensado pero ahora estratégico: No prestaban servicios sino que estaban subordinados laboralmente.
En más de 14 años de ejercicio profesional, asistiendo entidades públicas, he visto con perplejidad cómo personas que antes eran contratistas por años y gozaban de su liberalidad y autonomía, terminan luego diciendo que eran iguales a un empleado, sólo que no les pagaban lo mismo y sin embargo, durante la relación contractual jamás reclamaron por los que ahora son atropellos en su contra –según dicen- por temor a perder su “trabajo”.
Lo peor es que cuando se revisan sus contratos, fueron celebrados –como indica la ley- de común acuerdo, recibieron puntualmente sus honorarios y hasta los liquidaron acordadamente.
No sé si el problema es de las normas; yo creo que es de las personas. Un país que reiteradamente se queja de la corrupción, de los malos manejos, de la falta de cultura ciudadana de los demás y hasta de la falta de moral de sus máximas autoridades, no puede soterradamente patrocinar éste tipo de comportamientos e hipocresías que muchas veces, llevadas a los estrados judiciales, resultan con condenas realmente importantes en contra del patrimonio del Estado.
Bien valdría preguntarse por qué no se obliga –sí, obligar- que los otrora funcionarios contratantes acudan como parte a éstas acciones y defiendan la causa que promovieron en su momento evitando futuras acciones de repetición. Creo que sólo así se extremarían a futuro las medidas para que el particular contratista, que poca o nada responsabilidad tiene por esos hechos y que sólo puede ganar, se hubiera sujetado al tipo de contratación que tenía.
Pero también es prudente indagar al particular contratista acerca de si se hubiese renovado su contrato, habría demando a la entidad?. En fin, a qué jugamos…
