Las reservas naturales de la sociedad civil
De acuerdo con lo que tomamos de una conferencia dictada a finales del año 2019 por la experta Gloria Lucía Álvarez, aunque en realidad todas las áreas que define Colombia para protección ambiental, caben en la denominación de áreas estratégicas de conservación, estas se pueden clasificar de la siguiente manera: 1.- Áreas protegidas del SINAP; 2.- Ecosistemas estratégicos; y 3.- Otras áreas de especial importancia de Colombia
Dentro de las primeras tenemos como Áreas públicas a: los Parques Nacionales Naturales de Colombia; los Parques Naturales Regionales; los Distritos de Manejo Integrado; los Distritos de Conservación de Suelos; y las Áreas de Recreación. Y como Áreas privadas, únicamente a las Reservas Naturales de la Sociedad Civil.
Estas se denominan como “la parte o el todo del área de un inmueble que conserve una muestra de un ecosistema natural y sea manejado bajo los principios de la sustentabilidad en el uso de los recursos naturales. Se excluyen las áreas en que se exploten industrialmente recursos maderables, admitiéndose sólo la explotación maderera de uso doméstico y siempre dentro de parámetros de sustentabilidad”. Pero lo destacable es que son porciones del terreno privado, que así se declaran por el propietario, persona natural o jurídica, que tenga interés en conservar una muestra de uno o varios ecosistemas naturales y al mismo tiempo desarrollar actividades de producción sostenible de bajo impacto ambiental y amigable con la biodiversidad. Por tanto estas reservas son temporales, dado que el propietario puede en cualquier momento decidir que esa área deje de ser reserva natural.
Esto es interesante. Las Reservas Naturales de la Sociedad Civil tienen validez, desde el punto de vista legal, a partir del momento de registrarse como tal ante la unidad administrativa especial de Parques Nacionales Naturales de Colombia y con ello, pasa a ser parte del Sistema Nacional de Áreas Protegidas-SINAP.
Esto puede dar derecho a: participar en los procesos de planeación de programas de desarrollo; tener consentimiento previo para la ejecución de inversiones públicas que las afecten; y recibir incentivos como ser destinatarias de medidas de compensación por pérdida de biodiversidad, recibir inversiones, los servicios de ecoturismo prestados pueden ser objeto de exenciones tributarias, y los inmuebles de exención del impuesto predial.
Por todo lo anterior es que es importante que en el Huila sepamos sobre reservas naturales privadas y las promovamos, especialmente en terrenos de grandes extensiones, aunque con valor ambiental. Son muy útiles por ejemplo para conservar recursos hídricos.
