Opinión/ Creado el: 2019-02-09 01:11
Las CAR
Frecuentemente mencionamos en este espacio a las corporaciones autónomas regionales, mejor conocidas como las CAR, pero poco las analizamos.
Las CAR son entes corporativos públicos, organizados de acuerdo a la Ley 99 de 1993. Unas creadas por iniciativa de las entidades territoriales (que terminan haciendo parte de su jurisdicción) y otras por la misma ley (lo que siempre hemos creído es inconstitucional). Estas tienen personaría jurídica y, autonomía administrativa y presupuestal. Su principal función es administrar los recursos naturales renovables y el ambiente natural dentro de su jurisdicción.
Cabe decir que el gobierno nacional anterior, quiso aprovechar las super-extraordinarias facultades que el Congreso de la República le concedió, denominadas “vía fast track”, para también intentar reformar el Sistema Nacional Ambiental-SINA. Fueron diez los puntos más importantes de esa propuesta: la principal, buscó una reforma constitucional para cambiar el régimen de autonomía de las CAR establecido en el Numeral 7 del Artículo 150 de la Constitución; se quiso idear una ley de pago por servicios ambientales y finalmente una reforma que permitiera que quienes viven dentro de los parques nacionales naturales lo hicieran lícitamente (se aprovecharía para poder tocar el régimen de parques nacionales naturales, que es la categoría máxima de protección ambiental); y lo primero se argumentaba en la necesidad de modificar la integración de los consejos directivos de los entes corporativos para que tuvieran menos autonomía y menos descentralización, o sea más centralismo, incluyendo más miembros del orden nacional que territorial.
En síntesis, era una reforma idéntica a la que propuso en su primer período Álvaro Uribe. E igual a la que propuso Gustavo Petro, candidato de la izquierda.
Ahora vienen ataques, ciertamente justificados contra las CAR, eso sí, sin tocar otras entidades ambientales como la ANLA o los crecientes distritos portuarios marinos, sobre la base de que ahí también se detectan delitos de corrupción. Y es lógico, pues si la corrupción campea entre la sociedad y el Estado, estos entes corporativos no son ajenos a ello; muy lamentable y reprochable por supuesto.
Pero nadie propone acabar la Presidencia de la República, ni las gobernaciones (¿para qué es que sirven?), o tantas agencias o unidades especiales del Estado que casi ni se conocen porque prácticamente no ejercen funciones en procura de la desconcentración.
Esta información adquiere relevancia pues se aproxima la renovación de los directores ejecutivos y en los consejos directivos de las CAR. ¿Queremos cero corrupción? Pues llegó la hora para la oportunidad de cerrarle el paso en lo ambiental.
Las CAR son entes corporativos públicos, organizados de acuerdo a la Ley 99 de 1993. Unas creadas por iniciativa de las entidades territoriales (que terminan haciendo parte de su jurisdicción) y otras por la misma ley (lo que siempre hemos creído es inconstitucional). Estas tienen personaría jurídica y, autonomía administrativa y presupuestal. Su principal función es administrar los recursos naturales renovables y el ambiente natural dentro de su jurisdicción.
Cabe decir que el gobierno nacional anterior, quiso aprovechar las super-extraordinarias facultades que el Congreso de la República le concedió, denominadas “vía fast track”, para también intentar reformar el Sistema Nacional Ambiental-SINA. Fueron diez los puntos más importantes de esa propuesta: la principal, buscó una reforma constitucional para cambiar el régimen de autonomía de las CAR establecido en el Numeral 7 del Artículo 150 de la Constitución; se quiso idear una ley de pago por servicios ambientales y finalmente una reforma que permitiera que quienes viven dentro de los parques nacionales naturales lo hicieran lícitamente (se aprovecharía para poder tocar el régimen de parques nacionales naturales, que es la categoría máxima de protección ambiental); y lo primero se argumentaba en la necesidad de modificar la integración de los consejos directivos de los entes corporativos para que tuvieran menos autonomía y menos descentralización, o sea más centralismo, incluyendo más miembros del orden nacional que territorial.
En síntesis, era una reforma idéntica a la que propuso en su primer período Álvaro Uribe. E igual a la que propuso Gustavo Petro, candidato de la izquierda.
Ahora vienen ataques, ciertamente justificados contra las CAR, eso sí, sin tocar otras entidades ambientales como la ANLA o los crecientes distritos portuarios marinos, sobre la base de que ahí también se detectan delitos de corrupción. Y es lógico, pues si la corrupción campea entre la sociedad y el Estado, estos entes corporativos no son ajenos a ello; muy lamentable y reprochable por supuesto.
Pero nadie propone acabar la Presidencia de la República, ni las gobernaciones (¿para qué es que sirven?), o tantas agencias o unidades especiales del Estado que casi ni se conocen porque prácticamente no ejercen funciones en procura de la desconcentración.
Esta información adquiere relevancia pues se aproxima la renovación de los directores ejecutivos y en los consejos directivos de las CAR. ¿Queremos cero corrupción? Pues llegó la hora para la oportunidad de cerrarle el paso en lo ambiental.
