La huelga en los servicios públicos esenciales
La huelga de los pilotos de Avianca que completa 11 días ha afectado de forma directa a más de 25 mil pasajeros, la economía del sector hotelero y en forma indirecta a cientos de personas, todo por las reclamaciones laborales de un gremio que para muchos es de los mejor pagados del país.
La asociación sindical encuentra su protección en la Constitución Política de 1991, siendo una de sus principales manifestaciones el derecho de huelga, consagrado en el artículo 56 de la Carta Fundamental. Dicha norma lo garantiza expresamente, salvo en los servicios públicos esenciales definidos por el legislador.
Es aquí donde se encuentra el gran problema pues el Congreso de la República en 26 años no han reglamentado esta importante norma, lo cual ha causado incertidumbre y discusiones en las miles de protestas sindicales que se han realizado a lo largo de la existencia de la Constitución Política.
Si bien el derecho de huelga supone una conquista de los trabajadores como mecanismo destinado presionar para obtener un mejoramiento de las condiciones laborales, este debe tener unos límites pues no es absoluto.
La falta de precisión en las normas legales que permitan determinar con precisión cuáles son los servicios públicos esenciales en los que expresamente queda prohibida la huelga ha generado amplias discusiones y debates en el sindicalismo y en los empresarios. La esencialidad de un servicio público vendría a justificar la limitación respecto del derecho de huelga.
Se pueden identificar en algunas leyes el carácter esencial de algunos servicios como la banca central (L.31/92), la salud (L.100/93), los servicios públicos domiciliarios (L.42/94), el transporte aéreo, marítimo, fluvial y terrestre (L.336/96) y la administración de justicia (L.270/96). También la Corte Constitucional ha afirmado que son esenciales algunos servicios como la educación, la salud, el saneamiento ambiental y el suministro de agua potable.
En conclusión, la falta de precisión normativa en este sensible tema amenaza con judicializar y radicalizar la huelga de pilotos y con ello generar caos en la próxima semana de receso. (*Dir. Grupo Nuevas Visiones del Derecho – USCO).
