viernes, 10 de julio de 2026
Opinión/ Creado el: 2017-07-21 01:34

La función administrativa

Escrito por: Ernesto Cardoso Camacho
 | julio 21 de 2017

En la estructura del Estado Social de Derecho que caracteriza el sistema democrático que nos rige y que promulga la Carta Política, uno de sus fines esenciales es el de promover el interés general, es decir, el bien común, dirigido a ofrecer y garantizar la calidad de vida de los ciudadanos en condiciones de igualdad.
Para que éste y los demás propósitos que debe alcanzar el Estado logren materializarse, es que el artículo 209 define los principios constitucionales de la función administrativa de los cuales, entre otros, la eficiencia, la celeridad y la moralidad de la gestión pública, son indispensables.
Los servicios públicos domiciliarios, la seguridad, la justicia, la salud, la educación, la infraestructura, el buen manejo económico, la protección y adecuado aprovechamiento de los recursos naturales, las relaciones internacionales que pasan por estimular el desarrollo fronterizo, son entre otras; políticas públicas que se diseñan y estructuran desde el gobierno nacional, se desarrollan legalmente en el legislativo y se materializan por la rama ejecutiva del poder público bajo la vigilancia de los organismos de control, Procuraduría y Contraloría; pero en últimas, es el escrutinio ciudadano el que termina haciendo el juicio de valor político para aprobar o rechazar la eficacia de la gestión pública.
En éste contexto es que se debería analizar con la objetividad y el rigor necesarios, hasta donde es válido el argumento según el cual, la paz es el bien supremo que debe perseguir un buen gobernante, pues ésta es consecuencia y no causa del bienestar de una sociedad.
Desde luego que con ello no se pretende descalificar el esfuerzo de desarme y reintegración a la vida civil de un grupo armado que combate al Estado legítimamente constituido, como ha sido el caso del actual proceso con las Farc y el incipiente con el Eln; pues se trata de proteger la vida y la libertad del ciudadano.
Sin embargo, la acción de un buen gobierno no se puede centrar única y exclusivamente en tales objetivos, dado que mientras estos se obtienen sin que al tiempo la función administrativa no se desarrolle eficazmente, el deterioro económico y social se convierte en caldo de cultivo para nuevos alzamientos armados violentos.
En tales circunstancias ahora que se habla de posconflicto como la panacea para corregir las desigualdades y garantizar una paz estable y duradera, es indispensable que el funcionamiento del Estado se desarrolle cumpliendo estrictamente los principios constitucionales de la función administrativa.
En ésta perspectiva es que el clientelismo politiquero como causa eficiente de la corrupción que ahora nos abruma, constituye sin duda alguna, la gran desconfianza e incertidumbre ciudadana que se respira en todas las esferas de nuestra sociedad.
Quienes administran y dirigen los organismos del Estado, con escasas excepciones, están comprometidos con ese clientelismo y no con los intereses generales de la comunidad. La prioridad de la gestión pública no es el bienestar de la población sino  la continuidad de un proyecto político que solo beneficia a sus protagonistas.
Para comprobarlo, una vez más, con la nueva legislatura del Congreso que se inicia, el Presidente Santos modifica su equipo de gobierno para alimentar ese clientelismo politiquero que garantice, además de sus compromisos con las Farc, la continuidad en el ejercicio del poder de quienes en 8 años no han logrado satisfacer el bienestar de los colombianos, sino que por el contrario, los niveles de insatisfacción económica y social siguen creciendo de manera peligrosa y por tanto se generaría un ambiente político propicio para aventuras populistas.

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