La educación superior como derecho fundamental
La crítica situación financiera que enfrentan las universidades públicas y que hoy las tiene al borde del cierre, ha sido un proceso acumulado de crecimiento en cobertura, a la par con el desinterés de los sucesivos gobiernos que han pasado desde la promulgación de la Constitución de 1991. Es evidente que los recursos económicos prometidos por el actual Gobierno, no resolverán el enorme déficit que presentan las Instituciones de educación superior.
La subsistencia de la universidad pública en el concierto nacional es vital para el desarrollo del espíritu crítico y el libre debate de los problemas sociales, económicos, culturales de la nación, factores primordiales para el fortalecimiento de una democracia en construcción como la colombiana.
Con la adopción del modelo neoliberal en la década de los noventa, la educación universitaria fue incluida en la lógica del mercado y en el esquema costo-beneficio, lo cual dejó en entredicho su futuro, pues resultaba muy costoso su sostenimiento y por ello era más rentable para el Estado, la inyección de recursos en instituciones como el Icetex que prestan plata para la matrícula en universidades a una tasa de retorno similar a la bancaria.
Con el reconocimiento del derecho a la educación superior como fundamental, la Corte Constitucional precisó que el Estado debe satisfacerlo de forma eficaz, evitando la adopción de medidas que retrocedan los avances alcanzados. Debe además asegurar cobertura de acuerdo con la capacidad económica e institucional del Estado.
Sin embargo, pese a la consagración constitucional de la educación como derecho social y a su reconocimiento como fundamental por parte de la Corte, jurídicamente es imposible obligar al gobierno de turno o a los legisladores a que incluyan recursos suficientes en el presupuesto nacional para su buen funcionamiento. No queda más que la movilización social como último recurso, para que por fin la clase política, comprenda que una sociedad sin educación estará destinada al sometimiento y al subdesarrollo.
(*Dir. Grupo Nuevas Visiones del Derecho – Universidad Surcolombiana).
