La corte se abstuvo
Tradicionalmente, el aborto ha sido considerado un debate de muchas décadas y el género femenino poco a poco ha venido generando una opinión de respaldo, sacando el tema de la esfera de la religión y la moral, para colocarlo en el escenario de la salud pública y el derecho de la mujer a decidir sobre su cuerpo. En los estrados judiciales se han generado algunos fallos trascendentales en la normatividad colombiana, que de acuerdo con sus implicaciones y antecedentes en una sociedad que, en la mayoría de los casos, han sido rechazadas dichas medidas, pero que han logrado beneficiar a muchas parejas colombianas y a mujeres que han sufrido el flagelo del maltrato familiar y de las violaciones.
El lunes anterior, la Corte Constitucional estuvo de acuerdo con declararse inhibida para decidir de fondo sobre una demanda que le pedía al alto tribunal penalizar por completo el aborto, con el fin de tumbar las causales creadas en el 2006, bajo las cuales se puede interrumpir el embarazo en tres situaciones.
Mientras en otros países se han tomado decisiones que van en contravía de las sanas costumbres en la familia, pero que en muchas ocasiones cuando se encuentra un riesgo grave para la vida o salud de las embarazadas, han logrado legalizar el aborto, inclusive cuando hay graves anomalías en el feto que son incompatibles con la vida.
Actualmente la interrupción voluntaria del embarazo es un tema constantemente secuestrado por el ruido del radicalismo. Quienes se oponen al aborto como derecho suelen tratar a las mujeres como asesinas irresponsables, cerrando cualquier posibilidad de diálogo. Eso es una lástima, porque en la realidad colombiana son demasiadas las mujeres que tienen que enfrentarse a esta difícil situación, en un estado de vulnerabilidad que atenta contra su salud.
Así, el Alto Tribunal por fin profirió un fallo inhibitorio frente al aborto en el país al evaluar una demanda de la abogada Natalia Bernal Cano, quien le pidió al alto tribunal tumbar las tres causales bajo las cuales, desde hace 14 años, es permitido interrumpir voluntariamente el embarazo. Por tal motivo, se mantienen las tres causas para abortar en el país. Estos casos son cuando hay malformación del feto, se presenta riesgo para la vida de la madre o violación.
La Corte dictaminó que no impone valoraciones sobre los efectos positivos o negativos de abortar, sino, como garante de los derechos humanos. Así se garantiza que cada mujer en su libertad de conciencia y religión cuenta con las garantías para adoptar dicha decisión.
