INSEGURIDAD
Por Aníbal Charry González
En este país consagrado abusivamente por Duque a la Virgen de Chiquinquirá, no obstante que la Constitución define un Estado laico, lo único seguro que tenemos es que nos van a expedir a todos el certificado de defunción, porque no tenemos seguridad de ninguna clase, y menos en materia jurídica y más concretamente en el tema penal, que no es más que una colcha de retazos importados que no cumple con su finalidad de defender a la sociedad de la delincuencia, sino que esta se encuentra protegida frente a la sociedad inerme víctima del embate demencial de delincuentes de todo pelaje, que saben que el derecho penal desde hace mucho rato producto de la improvidencia y la negligencia estatal, -que nunca ha diseñado una política criminal que consulte nuestra idiosincrasia delincuencial-, está convertido literalmente en rey de burlas, donde por supuesto el que la hace casi nunca la paga, salvo que sea de ruana.
Es más, es tan incongruente la legislación penal, que ni siquiera se sabe cuál es el procedimiento que se debe aplicar para la investigación y juzgamiento de un determinado delito, pues tenemos vigentes varios procedimientos que pueden escoger los procesados a su amaño buscando impunidad, como en el caso de los aforados constitucionales que terminan renunciando a su fuero como si fuera personal, y lo que es todavía más grave, después lo actuado por el juez natural resulta inválido o nulo porque hay que empezar de ceros una investigación, demostrativo de que el derecho penal no es un derecho serio y predecible que responda a los intereses de la sociedad que reclama ser protegida por dicha legislación de los desmanes de los delincuentes.
Para muestra de esa incongruencia está el caso del exsenador Álvaro Uribe, que no se sabe a estas alturas cual es el procedimiento que se le debe aplicar cuando advirtió lo que le iba pierna arriba en manos de sus jueces naturales, los más altos en la jurisdicción, como que ahora se afirma que el proceso que adelantaron no tiene ninguna validez y se debe arrancar de ceros, otorgándole libertad inmediata a Uribe, como lo sostiene categóricamente el director de la Corporación Excelencia en la Justicia Hernando Herrera, que no solo advirtió que debe tramitarse íntegramente por la ley 905, sino que las decisiones adelantadas por la Sala de Instrucción de la Corte Suprema sobre indagatoria y detención preventiva se caigan, y sea un funcionario de menor rango, ora fiscal o juez el que resuelva su situación aun desconociendo la valoración que hicieran, reitero los más encopetados jueces de la república.
En qué cabeza cabe que un fiscal o juez ordinario de inferior jerarquía que la Corte, pueda revisar a fondo como lo sostiene sin pestañear Herrera, lo que ya hizo el juez natural en un fallo de nada menos 1554 páginas, que según su sesgado criterio para la detención de Uribe lo remataron “en muy pocas”, precisando que sus ataques a la Corte sindicándolos de secuestradores y mafiosos eran simplemente llamativos y no gravísimos, que abroquela la relativización que se hace de la actuación de un procesado dependiendo de su cuello blanco.
