viernes, 03 de abril de 2026
Opinión/ Creado el: 2019-10-21 08:34 - Última actualización: 2019-10-21 08:34

Incertidumbre en la Usco

Escrito por: Redacción Diario del Huila | octubre 21 de 2019

Por: Luis Alfonso Albarracín Palomino

alfonso519@gmail.com

 

El primer Centro de Estudios Superiores del Surcolombiano atraviesa una profunda crisis a raíz del fallo proferido por la Sala de lo Contencioso Administrativo Quinta del Consejo de Estado, Sección Quinta, donde el Artículo Primero establece que se declaró la nulidad de la Resolución 020 de octubre 4 de 2018 por la cual el Consejo Superior de la Universidad Surcolombiana designó a la profesora Nidia Guzmán Durán rectora para el periodo comprendido entre el 04 de octubre de 2018 y el 03 de octubre de 2022 y le concedió una comisión.

 

Igualmente, el artículo Segundo de la Sentencia, determina que la Universidad Surcolombiana deberá iniciar un nuevo proceso para la designación del rector en propiedad para lo que resta del periodo estatutario comprendido entre el cuatro (4) de octubre de 2018 y el tres (3) de octubre de 2022.

 

Los Magistrados Carlos Moreno Rubio, Luis Alberto Álvarez Parra, Rocío Araújo Oñate votaron positivo. La Magistrada y presidente del Consejo de Estado, Lucy Jeannette Bermúdez Bermúdez.  tomó la determinación de hacer salvedad de su voto. Antes de ser ejecutoriada la sentencia, seguidamente el demandante Duván Andrés Arboleda Obregón presentó una solicitud de aclaración de la Sentencia.

 

Se solicita que se “aclare, adicione o corrija el numeral 2 del fallo y quede redactado de la siguiente manera para que ofrezca claridad y eficaz cumplimiento de la sentencia y en especial que esté, este acorde con el artículo 69 de la Constitución, 66 de la ley 30 y artículo 27 del acuerdo 075 de 1994, modificado por el artículo primero del acuerdo 015 de 2004 ambos del Consejo Superior de la Universidad Surcolombiana”. Igualmente “la Universidad Surcolombiana deberá iniciar un nuevo proceso para la designación del rector en propiedad en la mayor brevedad de conformidad con su normatividad interna”.

 

Paralelo a esta situación el demandante Karol Mauricio Martínez Rodríguez, considerado el cerebro de la demanda principal, plantea una serie de interrogantes a la Sala, para que se dé respuesta: ¿Puede un candidato que ha sido DECLARADO INELEGIBLE ser considerado el ganador de la Consulta Estamentaria? Debe ser aclarado por la Sección.

 

Igualmente es importante mencionar y aclarar que el Estatuto General está dentro del expediente, que la Universidad Surcolombiana no establece periodos Institucionales para el cargo de Rector, dicho periodo es personal y por cuatro años a partir de la designación. Es necesario que la Honorable Sección aclare el por qué de esta medida, en qué norma se sustenta o por qué lo interpreta de tal forma. Se espera que, en mes y medio aproximadamente, se pueda conocer la decisión de esta Corporación respecto a estos interrogantes.


Comentarios