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Opinión/ Creado el: 2017-11-13 12:53

Gobierno desesperado

Escrito por: Redacción Diario del Huila | noviembre 13 de 2017

Por: Alvaro Hernán Prada

Santos ha perdido control sobre el Congreso y amenaza con declarar Estado de Conmoción Interior si la JEP tiene más “dilaciones” y si el acto legislativo de reforma política fracasa por tiempo.

Lo primero es explicar que el acuerdo entre el dictador y Timochenko debió modificarse de forma sustancial. Dos de los aspectos que motivaron la decisión de los colombianos de rechazar el negociado con las farc, fueron la impunidad a responsables de crímenes de lesa humanidad y su participación política sin límite. En medio de la implementación sin legitimidad, el congreso aprobó varios proyectos de ley y varias modificaciones a la constitución, entre ellas el acto legislativo que crea la JEP. Pero esa creación perversa, necesita un desarrollo normativo, que es lo que busca el proyecto de ley estatutaria que se debate actualmente. A pocas semanas de las elecciones, los congresistas que quieren revalidar su curul, tratan de apartarse del gobierno impopular, para atenuar el castigo en las urnas en el proceso eleccionario del año entrante.

El gobierno ha filtrado que de no superar las dificultades en el parlamento para sacar adelante los proyectos mencionados, decretará la conmoción interior. La figura está prevista para utilizarla como una medida de emergencia y debe ser aprobada por la Corte Constitucional. Permite al presidente facultades extraordinarias y mediante decretos ley puede evitar el paso por el Congreso. Se declara durante 90 días y podría extenderse hasta por 270 días.

En Colombia fue usada por el expresidente Gaviria ante la escalada terrorista y los disturbios en cárceles. Y en el gobierno Samper nuevamente en 1995 se decretó, por el asesinato del líder conservador Álvaro Gómez Hurtado.

Algunas medidas que cobija y restringe la Conmoción Interior son: la censura de prensa, nombramiento de alcaldes militares, cierre del Congreso o algún otro organismo estatal,  modificación de presupuesto, utilización temporal de bienes e imposición de servicios técnicos y profesionales. Restringir los medios de comunicación televisiva y radial, con el fin de difundir una información, interceptar comunicaciones, ordenar la detención preventiva de personas con o sin orden de captura, limitar el uso de servicios de consumo. Autorizar la inspección de inmuebles.

La pregunta es, ¿qué tiene que ver la falta de control del presidente en el congreso, con la medida excepcional de la conmoción interior? Ninguna.

En Venezuela el narcodictador Maduro, garante del acuerdo de concesiones a las farc, ha amenazado con declararla, cada vez que se siente atemorizado por la democracia. Actos a los que él llama 'golpistas'. Santos que copia todo lo malo, no podía pasar esta enseñanza sin aplicarla.

Pretende imponer la JEP, la reforma política y otros proyectos de ley mediante decretos. No quedó contento con el conejo a los colombianos, luego del plebiscito. Ahora busca facultades especiales sin que en el país exista una emergencia. La Corte Constitucional por más presión que reciba, no podrá declarar exequible este invento del gobierno. No hay ninguna conexidad. No hay ninguna justificación. Y por el contrario tiene su propia jurisprudencia que limita la posibilidad. La única emergencia es el desespero del gobierno, por entregar todo a los terroristas.


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