viernes, 10 de julio de 2026
Opinión/ Creado el: 2017-10-06 12:52

Equilibrio entre justicia y paz

Escrito por: Ernesto Cardoso Camacho
 | octubre 06 de 2017

Existe un conocido refrán popular según el cual “ el tiempo se encarga de colocar las cosas en su sitio”. Lo comprueba lo ocurrido  en el trámite de la Ley Estatutaria en el Congreso.

Esta Ley constituye la columna vertebral del proceso de paz y del Acuerdo Final cuyo debate está resultando más difícil y tortuoso de lo que esperaban el gobierno, las Farc y los congresistas de la Unidad Nacional.

Desde cuando se conoció el Acuerdo sobre el punto de Participación Política, muchos colombianos coincidimos en censurarlo; pues tal Acuerdo, no obstante ser necesario para garantizar la desmovilización, el desarme y la reintegración de las Farc; daba claras señales de que se convertiría en una puerta abierta para la impunidad respecto de los delitos de lesa humanidad.

El AF dispone que los jefes y miembros de la guerrilla que hubiesen  participado en delitos de lesa humanidad; podrán acceder a las 10 curules transitorias y a postularse para obtener otras adicionales en las elecciones del 2018 además de acceder a los cargos uninominales de gobernadores y alcaldes, así como a los de diputados y concejales en  las regionales de 2019.

Dicha cláusula constituye una concesión inconveniente dado que ella consagra una flagrante impunidad; en la medida en la cual, participarán en política como de hecho lo vienen haciendo; pero además obtendrán tales curules sin que previamente hayan sido juzgados y condenados o absueltos por la JEP; puesto que las sentencias respectivas y/o el pago efectivo de las eventuales condenas alternativas y restauradoras de la justicia transicional no tendrán efecto jurídico real hasta antes de 5 años; por la demora en su reglamentación procedimental y en el trámite del juzgamiento, pues es imperativo garantizar el debido proceso judicial y los derechos de contradicción y defensa.

Conviene recordar que ésta concesión fue determinante en el resultado del plebiscito de hace un año no obstante que los promotores del SI aseguraban que ello no era cierto.       

Ahora, el argumento del gobierno y de las Farc para justificarlo, es que así se pactó como contraprestación a la dejación de armas y que además, lo consignado en el AF no puede ser incumplido por ningún órgano del Estado; dado que ya se elevó a la categoría de Acuerdo Especial y fue depositado por Santos en la ONU y por las Farc en Ginebra; alcanzando por tanto, según las partes, la fuerza jurídica de un tratado internacional incorporado a la Constitución como bloque de constitucionalidad; hecho que también siempre negaron antes del plebiscito.

Al respecto, es contradictorio que un AF tan ponderado por la comunidad internacional desconozca un organismo que ella creo como es la CPI, en desarrollo del Estatuto de Roma acogido por Colombia desde el 2002.

Despierta curiosidad el desconcierto que causó la proposición presentada en el debate del martes anterior la senadora Claudia López, en una jugada oportunista y habilidosa; en el sentido de aplazar el efecto de la participación política de las Farc en relación con el derecho a obtener curules en el Congreso y en los cargos regionales, mientras no sean juzgados en el Tribunal de la JEP, pues sin proponérselo, otorgó la razón a quienes desde el debate del plebiscito nos opusimos a tal concesión que sin duda genera impunidad; puesto que tales delitos de lesa humanidad son competencia de la Corte Penal Internacional, hecho que demuestra la inequívoca intención de eludir su intervención.

Es evidente que si las partes aceptaran ésta  modificación y además las Farc estuvieran dispuestas a asumir los compromisos de colaboración eficaz para desmantelar las rutas del narcotráfico; y el de reparación integral a las víctimas; obtendríamos la oportunidad de lograr el indispensable equilibrio entre JUSTICIA Y PAZ, conjurando así la insensata polarización entre amigos de la paz y amigos de la guerra.  


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