Opinión/ Creado el: 2018-11-05 01:16
El rechazo a gravar la canasta familiar y las pensiones
Habíamos advertido que establecer el IVA a la canasta familiar era todo un despropósito absurdo, como también la impracticable devolución de este a los estratos más bajos. En efecto, el Ministro Carrasquilla que nos explique cómo va a lograr que los miles de vendedores informales de productos de la canasta familiar expidan facturas electrónicas para cobrar y recaudar este impuesto.
En el remoto evento de que se aprobara este adefesio se inundarán las calles de vendedores ambulantes con artículos de la canasta familiar, sin cobro del IVA. El exsenador Héctor Polanía Sánchez (Q.E.P.D) decía con razón: “el mal que le han hecho los técnicos a este país es muy grande”.
Sí, Ministro Carrasquilla, lo admiramos por sus conocimientos en Economía, pero el daño que le ha hecho al gobierno del Presidente Duque, con solamente presentar esta propuesta, es inconmensurable.
La oposición política está feliz explotando desde ya la inconsistencia del gobierno; la frase más suave que expresa es: “Duque mentiroso”.
Creemos que el Congreso negará este punto y otro igualmente delicado, como el gravamen confiscatorio de la totalidad de los pagos por concepto de pensiones superiores a $2´818.260 y hasta $4´641.840 con el 19%; de esta suma hasta $21´219.840 con el 33%; de esta suma a $37´797.840 con el 35%; y por último de esta suma en adelante con el 37%.
En primer lugar, esta propuesta es abiertamente inconstitucional de conformidad con el acto Legislativo 01 de 2005, Art 48 de la Constitución Nacional que ordena: “…. Por ningún motivo podrá dejarse de pagar, congelarse o reducirse el valor de la mesada de las pensiones reconocidas conforme a derecho” (Inciso 1 del art 1) y en el Inciso 4 del mismo artículo se lee: “En materia pensional se respetarán todos los derechos adquiridos”.
La Corte Constitucional en reiteradas sentencias, ha definido la pensión de vejez como un “salario diferido del trabajador, fruto de su ahorro forzoso durante toda una vida de trabajo”. Por lo tanto, “el pago de una pensión no es una dádiva súbita de la nación, sino el simple reintegro del ahorro constante durante largos años es debido al trabajador”. De igual manera, el Consejo de Estado ha sostenido que “los recursos de la seguridad social, debido a su carácter parafiscal, no pueden ser objeto de tributos".
Las Confederaciones de pensionados y las centrales obreras han rechazado categóricamente la propuesta de gravar las pensiones como si fueran ingresos de asalariados y anunciaron su movilización para el día 8 de noviembre. Confiamos en el buen criterio de los Congresistas para rechazar estas absurdas propuestas.
En el remoto evento de que se aprobara este adefesio se inundarán las calles de vendedores ambulantes con artículos de la canasta familiar, sin cobro del IVA. El exsenador Héctor Polanía Sánchez (Q.E.P.D) decía con razón: “el mal que le han hecho los técnicos a este país es muy grande”.
Sí, Ministro Carrasquilla, lo admiramos por sus conocimientos en Economía, pero el daño que le ha hecho al gobierno del Presidente Duque, con solamente presentar esta propuesta, es inconmensurable.
La oposición política está feliz explotando desde ya la inconsistencia del gobierno; la frase más suave que expresa es: “Duque mentiroso”.
Creemos que el Congreso negará este punto y otro igualmente delicado, como el gravamen confiscatorio de la totalidad de los pagos por concepto de pensiones superiores a $2´818.260 y hasta $4´641.840 con el 19%; de esta suma hasta $21´219.840 con el 33%; de esta suma a $37´797.840 con el 35%; y por último de esta suma en adelante con el 37%.
En primer lugar, esta propuesta es abiertamente inconstitucional de conformidad con el acto Legislativo 01 de 2005, Art 48 de la Constitución Nacional que ordena: “…. Por ningún motivo podrá dejarse de pagar, congelarse o reducirse el valor de la mesada de las pensiones reconocidas conforme a derecho” (Inciso 1 del art 1) y en el Inciso 4 del mismo artículo se lee: “En materia pensional se respetarán todos los derechos adquiridos”.
La Corte Constitucional en reiteradas sentencias, ha definido la pensión de vejez como un “salario diferido del trabajador, fruto de su ahorro forzoso durante toda una vida de trabajo”. Por lo tanto, “el pago de una pensión no es una dádiva súbita de la nación, sino el simple reintegro del ahorro constante durante largos años es debido al trabajador”. De igual manera, el Consejo de Estado ha sostenido que “los recursos de la seguridad social, debido a su carácter parafiscal, no pueden ser objeto de tributos".
Las Confederaciones de pensionados y las centrales obreras han rechazado categóricamente la propuesta de gravar las pensiones como si fueran ingresos de asalariados y anunciaron su movilización para el día 8 de noviembre. Confiamos en el buen criterio de los Congresistas para rechazar estas absurdas propuestas.
