Dosis sobre la mesa
Muchas cosas han pasado desde que se profirió la Sentencia C-221 de 1994, tal vez el fallo más conocido del desaparecido magistrado Carlos Gaviria Díaz.
Fue en su momento, la decisión judicial más vanguardista y adelantada dentro del estado del arte de la ciencia jurídica en Colombia.
Dentro de los círculos académicos más prestigiosos del país se elogiaba esta Sentencia por su acertado tratamiento del consumidor de drogas como alguien que ejercía su derecho al libre desarrollo de la personalidad, y a la vez era sujeto de protección por parte del Estado al ser la drogadicción un problema de salud pública y no precisamente un acto que mereciera ser tratado desde la óptica penal.
24 años después, los frutos de esta decisión son aun confusos por no decir inciertos. Por un lado, incluso para los más puritanos resulta innegable que, el consumo de drogas como acto individual, es una decisión soberana de cada individuo, que hace parte de su esfera personal y por ende no debe ser tratada como un acto criminal.
Sin embargo, en un país donde las normas y los adelantos jurisprudenciales son usados para favorecer al hampa y a las redes criminales, la famosa teoría de la dosis personal ha encontrado un nicho jurídico que ha puesto sobre las cuerdas el esfuerzo de las autoridades de acabar con la red de microtráfico en el país.
Lo decía hace poco el Fiscal General Nestor Humberto Martínez, los criminales se están escudando en la dosis personal para burlar el Sistema y poder transportar droga y venderla de manera impune.
Algo grave si tenemos en cuenta que el consumo de drogas, aún cuando es una decisión propia de cada persona, al tener un efecto altamente adictivo, corrompe a cualquiera que haga uso de ellas. No existe en mi criterio un uso “responsable” de las drogas recreativas, y el hecho de que las escuelas y universidades del país se estén infestando de estos comerciantes de la muerte, debería poner en alerta al Estado, contrarrestando esta situación con una reglamentación clara de lo que significa en sí, el transporte y uso de la famosa dosis personal.
Por lo pronto la Respuesta de la Corte Suprema de Justicia ante el requerimiento del Fiscal, resultó ser arrogante y distante, como muchos de sus pronunciamientos. Si la Corte Constitucional es la estrella de las Altas Cortes, la Corte Suprema de Justicia da vergüenza.
Mientras tanto, decenas de niños vagan por las calles víctimas del flagelo de las drogas, inducidos tal vez, por algún jíbaro que apoyado en su derecho a llevar consigo su dosis personal, destruyó la infancia y la vida de muchos; los jóvenes Universitarios de todos los estratos sociales mueren de sobredosis en fiestas y eventos socialmente aclamados, mientras todo se calma y el consumo se incrementa. He ahí, la otra cara del progresismo en Colombia.
