Decretos dictatoriales - Reforma Pensional y algo más
Los colombianos que hemos soportado toda una serie de burlas y de fracasos en la administración pública de los últimos cien años, no podemos quedarnos quietos y ser tan pasivos, para que frente al comportamiento del Gobierno Nacional en su lucha por preservar el derecho a la vida y a la salud, con ocasión del COVID-19, se utilice la normatividad legal colombiana para legislar en beneficio de unos pocos y amparar la ilegalidad rampante que ha llevado a convertirnos en uno de los países más corruptos del mundo. Dado el corto espacio que tenemos, veamos algo.
Una reforma pensional, que tiene como finalidad única y exclusiva, favorecer a los inversionistas de los Fondos Privados Pensionales, a las Aseguradoras y a las Empresas Financieras y la Banca de orden nacional, es lo que estamos viendo con la expedición de normas, como las que se deducen, luego de un análisis exhaustivo del Decreto 558 del 2020, en el cual se traslada a un grupo de pensionados de los fondos privados a COPENSIONES, poniendo en riesgo ese mismo fondo, cuando la responsabilidad era precisamente de esos fondos privados.
Luego encontramos normas que se han expedido con traslado y supuestas garantías para los microempresarios y para los colombianos emprendedores, pero la misma banca están poniendo toda clase de arandelas y de requisitos para negar la concesión de los créditos, incluso con el aval del gobierno nacional, en cuanto a un determinado porcentaje, lo cual se traduce es que en el fondo, los recursos que se trasladan con dicho fin, solo ha de alimentar y favorecer a unos pocos, a quienes tengan en determinado momento la bendición y el beneplácito del gobierno mismo.
El Decreto de 579 del 2020, mediante el cual se adoptan seis medidas en materia de propiedad horizontal y contratos de arrendamiento, y se prohíben los desalojos hasta el 30 de junio, amén de advertir que de ninguna manera opera rebaja en el canon del arrendamiento o que deben dejar de cobrarse intereses sobre el valor de dicho canon, y bajo el supuesto del libre arbitrio de las partes, como lo ha sido siempre, permite que tales aspectos se pacten entre los contratantes, y en lugar de beneficiar a los arrendatarios, establece por obra y magia del poder legislativo y dictatorial del gobierno, para decir: El arrendatario deberá pagar al arrendador intereses corrientes a una tasa equivalente al cincuenta por ciento (50%) de la Tasa de Interés Bancario Corriente (TIBC), en la modalidad de consumo y ordinario, certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia, sobre los montos no pagados en tiempo, durante el período correspondientes al periodo comprendido entre la vigencia del presente decreto y el treinta (30) de junio de 2020.”
Que burla, que atropello, cuando todos los arrendadores pueden simple y sencillamente acogerse a esta normatividad para sacar un mejor provecho de su proceder. Y nada se dice o se advierte, como debía decirlo, que los deudores morosos en el pago del canon de arrendamiento que, al expedirse el decreto de emergencia sanitaria, se encontraban en dicha situación, no podrán beneficiarse de estas normas, más allá de lo que se pruebe dentro de los procesos ya en curso, que se inicien una vez vuelva a operar la administración de justicia.
Y sobre el Decreto Legislativo 546 que tiene como propósito combatir el hacinamiento carcelario y mitigar el riesgo de propagación del coronavirus, no es más que una legislación absurda que, en nada alcanzará las metas y los objetivos propuestos, así se diga que, aproximadamente cuatro mil privados de su libertad podrán salir de ellas. El hacinamiento carcelario hoy en día, está entre el cincuenta y dos y cincuenta y cinco por ciento, las excepciones que se establecen en la normatividad aprobada, son una forma velada de hacer creer que se legisla en este sentido y se disfraza de un humanitarismo que en política criminal por parte del Gobierno Colombiano, nunca ha existido y ahora mucho menos, cuando el mismo Fiscal General de la Nación, promovió toda clase de talanqueras para que la reducción de dicha libertad se hiciera como hoy se hizo.
Se me agotó el espacio. Ustedes, saquen otras conclusiones, pero infórmense, lean los decretos y conozcan otros medios para ver el trasfondo corrupto que ellos esconden. Y casi se me olvida saber qué día es hoy, para cumplir con esta columna.
