De anónimos y confusiones
Es inevitable que en ocasiones los columnistas tengamos que ocuparnos de temas que persisten en la dinámica social.
Me refiero en concreto sobre los cuestionamientos y el rechazo ciudadano hacia el sistema judicial que representado en las llamadas Altas Cortes y en especial en la Sala Penal de la Corte Suprema; ha permitido que sus decisiones estén generando permanente pugnacidad y acentuando la polarización política. De los dos recientes episodios que sin duda alcanzaron notoriedad pública, el primero lo constituye la tutela otorgada favorablemente al exministro Arias por la C. Constitucional; y el segundo, la apertura de indagación preliminar contra el expresidente Uribe por los llamados perfilamientos de la inteligencia militar a periodistas y personajes de la oposición política, denunciados por Semana.
Para quienes ejercemos la profesión del Derecho, resulta muy difícil aceptar la reacción arrogante y provocadora de la Corte Suprema al manifestar que acata pero no comparte la decisión de la C. C, al tener que tramitar una segunda instancia que permita revisar la sentencia condenatoria contra Arias, en acatamiento a una garantía constitucional consagrada en tratados internacionales ratificados por Colombia, garantía que hay que decirlo con total claridad, estaba vigente antes de la sentencia condenatoria, pero que le fue negada por la misma C. S. en vía de tutela.
El otro episodio es también por lo menos sorprendente. De conformidad con el propio comunicado expedido por la Sala Penal mediante twitter, es claro que dicha indagación preliminar se fundamenta en una denuncia anónima, es decir, que no se conoce quien es el denunciante.
Abrir una indagación preliminar en el procedimiento penal vigente indica que tal denuncia anónima le ha merecido credibilidad al Magistrado ponente. Al respecto, es contundente el contenido del inciso final del artículo 69 del C.P.P que textualmente señala: “Los escritos anónimos que no suministren evidencias o datos concretos que permitan encauzar la investigación, se archivarán por el fiscal correspondiente”. En tales condiciones, el anónimo debe cumplir unas estrictas condiciones de veracidad probatoria acerca de los hechos y de su autor o partícipe. Desde luego el verificar por el denunciado, en ejercicio de su derecho de defensa, si se cumplen las condiciones que señala la norma no es posible hasta tanto no se le llame a interrogatorio o a indagatoria, tiempo durante el cual su buen nombre y su honra sufren indiscutible afectación, pues antes no podrá desvirtuar las presuntas evidencias, procedimiento que dura por lo menos 18 meses.
Los dos episodios mencionados permiten inferir, con bastante probabilidad de acierto, que los Magistrados de la Sala Penal persisten en su actitud de tomar revancha contra el expresidente y el uribismo, por los conocidos hechos que se remontan a las “chuzadas” ocurridas durante el segundo gobierno de Uribe, revancha azuzada con sistemática persistencia por el senador Cepeda y sus amigos.
En medio de estos episodios permanece latente la confrontación política que por su parte agudizó el escándalo aún no resuelto del llamado “cartel de la toga”.
Lo que sí es un hecho incontrovertible es que la jurisdicción penal como integrante del sistema judicial, del cual obviamente hace parte la Fiscalía, por la excesiva demora de sus procesos y por la innegable impunidad que la caracteriza, ha permitido que la sabiduría popular haya acuñado la célebre frase de que “el mejor abogado es el vencimiento de términos”.
En estos tiempos de la azarosa pandemia es evidente la incertidumbre y confusión que se respira en el ambiente, aupados por los medios de comunicación y el abuso de las redes sociales.
A propósito de confusión, lo ocurrido con la designación del nuevo Gerente de Electrohuila es para enmarcar. La Nación publica una noticia y el Diario del Huila publica otra totalmente contradictoria. Cuál de los dos medios publica la verdadera? Pronto lo sabremos. Mientras tanto, la credibilidad de ambos está en entredicho. Clara evidencia del juego de intereses.
