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Asuntos Legales/ Creado el: 2016-01-04 02:54

Paquete tributario 2016

Los vencimientos para la presentación de la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios y el pago de la primera cuota para las personas jurídicas inician el 12 de abril y terminan el 10 de mayo de 2016.

Escrito por: Redacción Diario del Huila | enero 04 de 2016

José Hilario Araque

Docente Usco

Juan Diego Araque

Diario del Huila, Neiva

En materia tributaria: ¡Año nuevo, normas nuevas! Estas serán las normas jurídicas, expedidas a finales de 2015, que los contribuyentes debemos tener en cuenta para el cumplimiento de las obligaciones tributarias nacionales a partir del pasado 1º de enero de 2016:

1)    Calendario Tributario Nacional 2016.

Mediante el Decreto 2243 del 24 de noviembre de 2015, el Gobierno Nacional estableció los lugares y plazos para la presentación de las declaraciones tributarias y para el pago de los impuestos, anticipos y retenciones en la fuente y se dictan otras disposiciones.

En efecto, los vencimientos inician para los Grandes Contribuyentes quienes a partir del 9 de febrero de 2016 deberán pagar la primera cuota del Impuesto sobre la Renta y Complementarios y a partir del 12 de abril, inician los vencimientos para presentar la Declaración y el pago de la segunda cuota.

Los vencimientos para la presentación de la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios y el pago de la primera cuota para las personas jurídicas inician el 12 de abril y terminan el 10 de mayo de 2016. El vencimiento para el pago de la segunda cuota inicia el 9 de junio y termina el 22 de junio.

Por su parte, los vencimientos de las personas naturales del impuesto sobre la renta y complementarios inician el 9 de agosto y terminan el 19 de octubre de 2016.

Los vencimientos para la presentación de la declaración del impuesto sobre la renta para la equidad-CREE y el pago de la primera cuota, inician el 12 de abril y terminan el 25 de abril de 2016. El vencimiento para el pago de la segunda cuota inicia el 9 de junio y termina el 22 de junio.

Los vencimientos para la presentación de la declaración del Impuesto a la Riqueza inician el 11 de mayo y terminan el 24 de mayo de 2016.  El vencimiento para el pago de la segunda cuota inicia el 8 de septiembre y termina el 21 de septiembre.

Los demás vencimientos podrá encontrarlos en www.araqueasociados.com

2)    Valor de la Unidad Valor Tributario-UVT.

Por medio de la Resolución 115 del 6 de noviembre de 2015, la Dian estableció que para la vigencia 2016, el valor de la UVT será de $29.753. La UVT para el año 2015 ascendía a $28.279.

Por lo tanto, todos los valores expresados en UVT deberán ser ajustados. Por ejemplo, la nueva sanción mínima es de $289.000.

3)    Reajustes.

Por medio del Decreto 3453 del 17 de diciembre de 2015, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público estableció que los contribuyentes podrán ajustar el costo de los activos fijos por el año gravable 2015 en un 5,21%. (Artículo 70 del E.T.). A su vez, estableció la tabla de ajuste del artículo 73 del Estatuto Tributario.

Por medio del Decreto 2558 del 30 de diciembre de 2015, el Departamento Nacional  de Planeación determina que el reajuste de los avalúos catastrales para predios urbanos y rurales para el año 2016 será del 3%.

4)    Información Exógena 2015/2016.

Para determinar la información exógena a suministrar por el año gravable 2015, se deberá consultar la Resolución 220 del 31 de octubre de 2014, la cual fue objeto de modificación por la Resolución 78 del 22 de julio de 2015 y Resolución 111 del 29 de octubre de 2015.

Para determinar la información exógena a suministrar por el año gravable 2016, se deberá consultar la Resolución 112 del 29 de octubre de 2015.

5)    Otras disposiciones a tener en cuenta.

Mediante el Decreto Único Reglamentario 2420 del 14 de diciembre de 2015, se establecen las Normas de Contabilidad, de información financiera y de aseguramiento de la información.

El Consejo Técnico de la Contaduría Púbica, mediante la Orientación Técnica 016, establece los elementos contables para la interacción entre las bases contable y la fiscal durante los cuatro años de transacción.

Mediante los Decretos Nos 2552 y 2553 del 30 de diciembre de 2015, el Gobierno Nacional estableció el salario mínimo para el año 2016 en la suma de $689.454 y el auxilio de transporte en la suma de $77.700.

Estas normas las encontrarán en nuestro website www.araqueasociados.com

Las opiniones son responsabilidad de los socios de Araque Asociados Consultores Tributarios SAS. Nos basamos en el entendimiento de las normas vigentes y en el conocimiento del derecho tributario, y puede no ser compartido por las autoridades tributarias. Consulte www.araqueasociados.com Preguntas:  preguntas@araqueasociados.comEsta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla Atención personalizada en la Calle 26 No. 8-25 Neiva, teléfonos: 8629225  y 321 452 3315.