Novedades tributarias por fallos de la Corte Constitucional (III)
En su oportunidad, en esta columna se advirtió y criticó la omisión del legislador tributario de no haber incluido la posibilidad de descontar la compensación de pérdidas fiscales con rentas liquidas obtenidas en años posteriores.
Compensación de pérdidas fiscales en el CREE.Recordemos que la Ley 1607 de 2012 (Reforma Tributaria) creó el impuesto sobre la renta para la equidad (CREE). En el artículo 22 de esta Ley, el legislador tributario estableció el proceso de determinación de la base gravable de este impuesto. En su oportunidad, en esta columna se advirtió y criticó la omisión del legislador tributario de no haber incluido la posibilidad de descontar la compensación de pérdidas fiscales con rentas liquidas obtenidas en años posteriores.
Posteriormente con el artículo 13 de la Ley 1739 de 2014, la Ley 1607 de 2012 es adicionada con los artículos 22-2 y 22-3 con el propósito de permitir en el CREE, la compensación de pérdidas fiscales originadas a partir del 1 de enero de 2015 como también la compensación de excesos de base mínima sobre base ordinaria del CREE, también originadas a partir del primero de enero de 2015.
Sentencia C-291 de 2015 (agosto 20)
La honorable Corte Constitucional encontró que el legislador tributario en la determinación de la base gravable del impuesto sobre la renta para la equidad (CREE), contemplada en el artículo 22 de la Ley 1607 de 2012, omitió incluir la compensación por pérdidas fiscales, omisión que viola el principio de equidad.
Para la Corte Constitucional, la omisión viola el principio de equidad tributaria, pues estableció un límite al principio de equidad que no era razonable ni proporcionado, puesto que: i) afectó gravemente un principio constitucional sin beneficiar otro; ii) generó rasgos confiscatorios en el gravamen; y iii) impactó el sistema tributario con su carácter regresivo.
Además consagra la decisión judicial, que el legislador tributario al no considerar la compensación de pérdidas fiscales con rentas líquidas obtenidas en años posteriores para definir la base gravable del CREE, está impidiendo que el negocio del contribuyente genere ganancias, pues hace imposible que las empresas se recuperen de sus pérdidas, como quiera que la detracción que implica la obligación tributaria puede ser superior a la capacidad de pago, en contravía con lo establecido por la Constitución en sus artículos 58, 95-9, 333 y 363. De tal forma, el tributo no asegura de que el monto de la tarifa sea soportable para el sujeto pasivo.
De esta forma, la omisión en la que incurrió el artículo 22 de la Ley 1607 de 2012 genera un impacto regresivo en el sistema por violación del principio de equidad vertical.
No obstante lo anterior, ante los efectos inconstitucionales que podrían generarse con una declaratoria de inexequibilidad simple, por las disminución en el recaudo de recursos previstos para este efecto, la Corte Constitucional decidió adoptar un fallo integrador en el mantiene el diseño del Legislador pero incluye la compensación de pérdidas fiscales con rentas líquidas obtenidas en años posteriores como parte de la definición de la base gravable del CREE.
Es decir, la Corte Constitucional declara el artículo 22 de la Ley 1607 de 2012 exequible, pero condicionada a dicha exequibilidad, la inclusión de la compensación de pérdidas fiscales con rentas líquidas obtenidas en años posteriores como parte de la definición de la base gravable del CREE, de acuerdo con la misma regla prevista en el artículo 147 del Estatuto Tributario.
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