Corrección de información ante las centrales de riesgo
Recibimos al usuario Antonio Zapata, quien nos comenta que el día lunes realizó una consulta de su historial crediticio en Data Crédito, en donde aparece con un reporte negativo por estar en mora en el pago de una cuenta con su empresa de telefonía celular; sin embargo, nuestro usuario se encuentra al día con el pago de sus recibos; por lo que nos cuestiona si puede solicitar la corrección de dicha información.

El Consultorio Jurídico de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Surcolombiana, le responde: este tipo de situaciones se encuentra regulada por la Ley Estatutaria 1266 de 2008, que regula el “habeas data” en relación con la información financiera y crediticia. Por lo anterior, el señor Antonio podrá presentar un reclamo ante el operador de la información (en este caso Data Crédito) solicitando la corrección de la información y allegando copia de los recibos de pago de las facturas de telefonía celular.
Una vez recibido el reclamo por parte del operador, este tendrá un término máximo de 15 días hábiles para resolver el reclamo, contados a partir del día siguiente a la fecha de su recibo, prorrogables por 8 días hábiles más, siempre y cuando no sea posible atender la petición dentro de dicho término –informando al interesado-, y así mismo deberá incluir en el registro una leyenda que diga “reclamo en trámite” señalando la naturaleza del mismo (Art. 16 Ley 1266 de 2008).
Si transcurrido el término, el señor Antonio no está satisfecho con la respuesta al reclamo, podrá interponer la acción de tutela para amparar el derecho fundamental del hábeas data, o podrá acudir al proceso judicial correspondiente dentro de los términos legales pertinentes para debatir lo relacionado con la obligación reportada como incumplida. (Con la colaboración de la abogada Katherin Torres P. investigadora del Grupo Nuevas Visiones del Derecho – USCO).