jueves, 19 de junio de 2025
Asuntos Legales/ Creado el: 2015-12-04 02:40

Asesoría del consultorio jurídico en temas penales

Para la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Surcolombiana y el Consultorio Jurídico del Programa de Derecho es muy importante poder recibir y acompañar a cada uno de sus usuarios en todas sus necesidades jurídicas, siempre y cuando la ley lo permita y esté dentro de las funciones del mismo.

Escrito por: Redacción Diario del Huila | diciembre 04 de 2015

En repetidas ocasiones se acercan a las instalaciones del Consultorio Jurídico ubicadas en la carrera 10 # 3-64 en el barrio Altico (Para el 2016 será trasladado al Centro Comercial Los Comuneros), los familiares de personas que se encuentran recluidos en el Centro Penitenciario y Carcelario de Rivera, solicitando colaboración jurídica frente a los procesos o los tiempos de reclusión de sus familiares.

Para este caso los estudiantes de consultorio jurídico no pueden actuar como representantes, sino brindan asesoría en la elaboración del memorial, para que la persona que se encuentra recluida pueda acceder a alguno de los beneficios o subrogados penales que la ley establece, los cuales son:

1. La privación de la libertad que se impuso no exceda los cuatro años. Si la pena, por ejemplo, es de cuatro años y un día, no es posible solicitar y conceder la suspensión de la ejecución de la pena.

2. Cuando quien ha sido condenado no tiene antecedentes penales por un delito doloso dentro de los cinco años anteriores y además de esto no ha sido condenado por alguno de los delitos excluidos de beneficios, de acuerdo al artículo 68-A del Código penal

3. Cuando quien ha sido condenado sí tiene antecedentes penales por un delito doloso dentro de los cinco años anteriores, para la concesión el juez analizará que los antecedentes sociales, familiares y personales no expresan la necesidad de la ejecución de la pena de privación de libertad.

4. A partir de la reforma que introdujo la Ley 1709 de 2014, ya no es un requisito para la concesión de este mecanismo el pago de la multa en consonancia con la jurisprudencia constitucional, por lo cual el juez deberá otorgar el subrogado y establecer un acuerdo de pago de la multa con el condenado beneficiario de la medida.

De acuerdo a lo anterior la persona que se encuentre recluida y crea que tiene derecho a alguno de los beneficios mencionados anteriormente podrá solicitar asesoría en la elaboración de la petición y así hacer efectivos sus derechos.