Ambiente y responsabilidad fiscal
Frecuentemente olvidamos que los recursos naturales pertenecen a la Nación. Es decir que pertenecen a todo el pueblo colombiano. De ahí que pocos comprendan porqué a pesar de ejercer ciertas actividades dentro de nuestras propiedades, aún así, debemos tramitar permisos y autorizaciones del Estado.
La Constitución Política definió dos expresas obligaciones para las contralorías en relación con la protección del ambiente natural colombiano. Recordemos que estas entidades están encargadas de vigilar el buen y racional manejo de los bienes y recursos que pertenezcan al Estado y a la Nación.
La primera de ésas obligaciones, es que le corresponde ejercer la función fiscal del Estado fundada en la valoración de los costos ambientales. Y la segunda, también en relación con el ambiente, es que debe presentar al Congreso de la República un informe anual sobre el estado de los recursos naturales y del ambiente. Esto significa, que deben asegurar un inventario de los bienes naturales que engrosan la riqueza nacional y vigilar porque ésta no mengue en cantidad y calidad por la gestión que hagan las entidades y funcionarios encargados de administrarla.
Si funcionario público tiene bajo su cargo administrar por ejemplo, bosques naturales, determinadas fuentes hídricas y otros bienes naturales debe responder fiscalmente porque si estos bienes disminuyen o se deteriora su calidad en determinado período. Sin embargo el debate no termina allí, porque es deber de todos proteger las riquezas naturales de la Nación y claro, mucho más por un funcionario si estuvo en posibilidad y obligación de hacerlo.
En Colombia estamos atrasados en reflexionar sobre responsabilidad fiscal derivada del daño y la administración ineficiente del ambiente natural.
Son muchos los interrogantes que debemos resolver: ¿Debemos sancionar a quien siendo parte del pueblo, comercializa especies recreadas en los laboratorios? ¿Debe procederse contra quien contando con autorización para usar un recurso natural, éste, por el propio uso, se deprecia o contamina? Otro ejemplo es el de la responsabilidad que cada cual tiene frente a sus congéneres por el uso autorizado que tiene y hace de un recurso pero que se extingue.
La academia contribuye al debate sobre la responsabilidad fiscal. En varios encuentros de estudiosos y algunas publicaciones jurídicas, ya se empieza a plantear. De ahí la importancia creciente sobre el papel de los órganos de control fiscal y su independencia total para reclamar por lo de todos. Porque a todos nos confiaron los recursos naturales: ahí el reto de la gestión fiscal. Y gracias a él, avanzaremos en la protección ambiental con certezas.
