miércoles, 08 de julio de 2026
Opinión/ Creado el: 2018-09-16 03:43

Actos sexuales en colegios y el derecho a la intimidad

Escrito por: German Alfonso López Daza
 | septiembre 16 de 2018

Gran controversia entre la opinión pública generó la decisión proferida por la Corte Constitucional en la sentencia T-364 de 2018, que tuteló los derechos fundamentales de un pareja de estudiantes de una escuela militar -una de ellas menor de edad-, que  fue expulsada al ser grabada teniendo relaciones sexuales dentro de la institución.

La polémica se formó por el mensaje que se desprende de la decisión, pues la Corte defendió el ejercicio del derecho a la intimidad sexual en espacios semi-privados, así como la necesidad de la proporcionalidad de la sanción con la falta cometida.

El Tribunal Constitucional resaltó que si bien se contravino el código de conducta de la institución, el carácter de íntimo y privado de los estudiantes no se debe perder, pues afecta uno de los espacios más reservados de la autonomía de las personas: su intimidad sexual.

Sin embargo, se considera que la Corte hizo una errada ponderación al darle mas importancia a la intimidad sexual de los estudiantes, que a las normas de disciplina interna, enviando de esta forma señales equivocas a la comunidad, ya que según su jurisprudencia, dicho derecho fundamental debe ser respetado y primará, aun si el acto se realiza en espacios semi-privados como lo son los colegios o universidades, cuando en tales eventos no se afecte a terceros.

Si bien en los hechos analizados el acto sexual no afectó directamente a algún estudiante, el mensaje que recibe la ciudadanía es que esta práctica al ser privada, debe ser respetada.

Poner como condición la afectación a terceros, puede ser interpretada como una autorización para realizar actos sexuales de forma escondida en ambientes sin privacidad exclusiva. Al ser descubierta la pareja -incluso por menores- sí se daría el reproche, pero en ese evento, el perjuicio ya estaría producido sin posibilidad alguna de reparar el daño.

El tema al ser tan sensible origina amplio impacto y discusión, pues involucra la sexualidad de estudiantes -incluso de menores- y el orden y la disciplina en los colegios. El debate seguirá abierto pero el precedente judicial estará vigente para casos futuros.

(*Dir. Grupo Nuevas Visiones del Derecho – USCO).


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