jueves, 02 de abril de 2026
Opinión/ Creado el: 2020-03-07 12:24

Absurda inhibición

Escrito por: Aníbal Charry González
 | marzo 07 de 2020

Enseñaba en mis clases de acciones constitucionales en la facultad de Derecho, que tratándose del control abstracto de constitucionalidad que se puede ejercer por cualquier ciudadano a través de la acción de inconstitucionalidad que se interpone ante la Corte Constitucional, resultaba un despropósito que el alto tribunal se declarara inhibido para resolver de fondo un determinado asunto invocando defectos formales en una demanda de esta naturaleza, dado que nuestra Carta Política consagraba en la función de administrar justicia la prevalencia del derecho sustancial sobre las formas, y la aplicación del conocido aforismo latino  iura novit curia, que hoy es principio y  significa en buen romance, que es el juez el que sabe el derecho y no los demandantes que no tienen por qué saberlo, por lo que resultaba contrario a la buena administración de justicia dictar sentencias inhibitorias, es decir, que no resuelven nada.

De ahí que resulta ilógico y denegatorio de justicia, que la misma Corte Constitucional que tanto ha propugnado por la prevalencia del derecho sustancial al administrar justicia  con fundamento en el artículo 228 de la Constitución, en un caso tan sensible a los intereses de la sociedad como protección de los derechos de la mujer en el caso del aborto, se declarara inhibida para pronunciarse de fondo sobre el asunto pretextando defectos de forma en la demanda de constitucionalidad, que equivale simple y llanamente a afirmar que se “pelaron el cabezal” como se dice en el argot popular, para no pronunciarse sobre el corrosivo tema siendo su deber constitucional, atendiendo más a las presiones de la galería machista  ultramontana y el fanatismo religioso.

Razón plena tienen los magistrados que salvaron el voto frente al fallo inhibitorio, afirmando que existían razones superiores para pronunciarse de fondo, particularmente por el déficit en que siguen los derechos de las mujeres ante la falta de voluntad del Congreso en “dar una deliberación democrática en torno a los derechos reproductivos de las mujeres”, ya que se habían presentado 33 proyectos de ley desde 1975 hasta la fecha y todos habían resultado fallidos, teniendo la cachaza algunos congresistas de derecha, como la senadora huilense Esperanza Andrade, de enviar una carta a la Corte pidiéndoles que no se pronunciaran sobre el aborto porque esa función le pertenecía al Congreso, a sabiendas de que se han negado sistemáticamente a ejercerla por temor precisamente al electorado fanático religioso.

No hay duda que la Corte faltó a su deber como igualmente lo sostuvieron los magistrados disidentes, de “proteger los derechos fundamentales a la vida, la libertad, la dignidad, la autonomía, la seguridad, la intimidad, la salud, el libre desarrollo de la personalidad y la igualdad de las mujeres gestantes” que no podía restringirse en nuestro Estado laico por consideraciones de moralidad religiosa derivadas de supuestas verdades eternas contrarias a la realidad mundana.

Escolio. Absolutamente infame la afirmación de la ministra del Interior Alicia Arango, de que en este violento país mueren más personas por robo de celulares, que por ser defensores de derechos humanos para relativizar la matanza sistemática de los líderes sociales.