¿Y la rama judicial?
Pareciera que la justicia como un servicio público esencial ha pasado a un segundo plano. Es cierto, la Rama Judicial trabaja a media marcha por las razones que todos conocemos, pero pudo y puede hacer más.
Cuando recién el presidente decretó el estado de emergencia, y estableció una cuarentena de 19 días, muchos pensábamos de manera ingenua, que eso bastaría para frenar la pandemia y, por ende, debíamos enfocarnos en quedarnos en casa dejando a un lado nuestras actividades diarias por unos pocos días
Pasan las semanas, y así mismo la prorroga de la cuarentena, lo que nos ha llevado a entender que la COVID 19 no va a desprenderse de nuestras vidas pronto, pero no por ello, podemos quedarnos viendo como una de las actividades esenciales en un Estado moderno simplemente deja de importar.
Se aclara, no se trata de que los juzgados se abran de manera repentina, ni que la gente haga colas para radicar memoriales, sino que podamos adaptar la forma de acceder a la justicia y así mismo garantizar que el ciudadano a través de su abogado pueda tener pronta resolución a sus controversias.
En un Estado de Derecho como lo es Colombia, resulta lamentable que las leyes, redactadas, proyectadas, revisadas y analizadas por abogados, hayan resultado insuficientes para atender a este gremio, que tienen en los tribunales y juzgados, sus lugares de sustento.
Ni que decir de sus poderdantes, representados o clientes, personas que tenían depositada su confianza en conseguir un fallo favorable ante una situación adversa o desfavorable pero que ahora están sumidos en la incertidumbre y en la ya ahondada sensación de desconfianza en el aparato judicial.
Sí, existen algunas excepciones como son las acciones de tutela, los habeas corpus y los procesos de familia, pero en el eventual caso de que la cuarentena perdure, o el asilamiento social se desmantele muy lentamente ¿qué pasará con el grueso de los procesos judiciales? los procesos laborales, los procesos de jurisdicción voluntaria, los procesos ejecutivos, los de declaración de pertenencia etc.
Esta, es una tarea que el Consejo Superior de la Judicatura ha tomado de manera muy light, remitiéndose únicamente a suspender términos cada vez que desde presidencia se anuncia continuar en cuarentena sin que existan estrategias que verdaderamente propugnen por la utilización de herramientas tecnológicas que en últimas no es nada diferente a lo que desde hace ya un tiempo ha sido un compromiso plasmado en las leyes y en los códigos.
El código general del proceso tiene un número importante de artículos que dan por hecho que, a partir de su implementación, los procesos iban a tener un gran avance en materia de uso de las herramientas TIC. La realidad es otra, al momento el único cambio obligado ha sido el anexar unos CDS que muy seguramente ni son examinados en los juzgados.
Lo que faltó fue claramente planeación e inversión en herramientas tecnológicas por parte del consejo Superior y sus seccionales regionales para adecuar a los juzgados y tribunales, algo que en estos tiempos se hace más que necesario. Por lo pronto que sigan invirtiendo en ascensores y remodelación de pisos, muy seguramente eso es más importante.
