viernes, 10 de julio de 2026
Opinión/ Creado el: 2017-11-18 01:50

¿Habrá coordinación del Sina?

Escrito por: Álvaro Hernando Cardona González
 | noviembre 18 de 2017

Hemos sostenido que se hizo un gran daño al Sistema Nacional Ambiental-Sina, cuando se fusionó al entonces Ministerio  de Medio Ambiente con el Ministerio de Desarrollo Económico. El Sina es una estructura de articulación creada por la Ley 99 de 1993. Y entre otras particularidades, porque se eliminó el Viceministerio Coordinador del Sina que algo permitía que todas las acciones indicadas en la política pública, se desarrollaran armónicamente por las corporaciones autónomas regionales y las de desarrollo sostenible.

Gracias a los conversatorios del Departamento de Derecho del Medio Ambiente de la Universidad Externado de Colombia, hemos analizado el recientemente expedido decreto 1682 de octubre pasado, mediante el cual el actual gobierno ha reformado la estructura interna del Ministerio, por cierto por segunda vez en este período, para crear y definir el Viceministerio Despacho del Viceministro de Ordenamiento Ambiental del Territorio (al cual se le encargan dos direcciones: 1. Dirección de Ordenamiento Ambiental Territorial y Sistema Nacional Ambiental-SINA y 2. Dirección de Cambio Climático y Gestión del Riesgo. La primera se hará cargo de rescatar esa coordinación necesarísima que el Sina requiere y que cada vez con mayores veras demanda.

De acuerdo con dicha disposición legal, a este Viceministerio corresponde ejercer, entre otras, las siguientes funciones: a) Dirigir y coordinar de acuerdo con las instrucciones del Ministro, el Sistema Nacional Ambiental -SINA-, b) Dirigir y coordinar el proceso de planificación y la ejecución armónica de las actividades en materia ambiental de las entidades del Sina, c) Dirimir las discrepancias ocasionadas· por el ejercicio de sus funciones y establecer criterios o adoptar decisiones cuando surjan conflictos entre ellas en relación con la aplicación de las normas o con las políticas relacionadas con el uso, manejó y aprovechamiento de los recursos naturales renovables o del ambiente, d) Impartir lineamientos para la implementación de la Política Nacional Ambiental territorial y los recursos naturales renovables, e) Impartir directrices para ejercer la inspección y vigilancia para el cumplimiento de la política ambiental por parte de las Corporaciones Autónomas Regionales, f) Dirigir y orientar la elaboración de los informes relativos al desarrollo de las competencias del Ministerio en el Sina.

Para los ciudadanos es importante saber que las corporaciones autónomas no son rueda suelta de ninguna manera y bajo ningún aspecto. Importante saberlo y ejercer control ciudadano. Somos parte integrante del Sina.


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