¿ Agobiado por las obligaciones financieras?
POR HAROLD SALAMANCA
En la medida que se han levantando las restricciones para la operación de los diferentes sectores de la economía, y que se van haciendo patentes los estragos que deja a su paso la pandemia, por ejemplo: el crecimiento desbordado de la tasa de desempleo en Colombia, que en los últimos doce meses creció el 9,5%, pasado de 10,7% al 20,2%, de igual forma la población desocupada en el mismo período de tiempo creció 1,9 millones de personas, pasando de 2,7 millones a 4,6 millones de personas desocupadas, según reporte del DANE con corte a julio de 2020.
El primer efecto directo que genera el desempleo en las familias, es la afectación sustancial o total del ingreso o capacidad de pago, y por tanto el incumplimiento de sus obligaciones económicas, el segundo efecto que está científicamente comprobado, es que la incapacidad de las personas para cumplir con las obligaciones financieras, pueden propiciar estrés, ansiedad y depresión, afectaciones que ponen en peligro la salud mental y la estabilidad emocional de las mismas.
El gobierno nacional consiente de esta problemática, por medio de la Superintedencia Financiera, expidió regulación normativa, creando el Programa de Acompañamiento a Deudores (PAD), que no es otra cosa, que un conjunto de medidas de carácter estructural, que le permite a las entidades financieras, sentarse con cada uno de los deudores que lo soliciten, para redefinir las condiciones de sus créditos según su actual condición económica de ingresos y su actual capacidad de pago.
Algo para resaltar del PAD, es que las condiciones de los créditos a los que se les aplique este programa, deben incluir como mínimo, la reducción de la cuota, el no aumento de la tasa de interés y la posibilidad de aplicar nuevos períodos de gracia, sin que implique capitalización de intereses, ni cobro de intereses sobre otros conceptos. De igual manera a este programa también tendrán acceso los deudores que registren reporte negativo en las centrales de riesgo, o presenten una mora de más de 60 días, o hayan solicitado un período de gracia y les fue rechazado, o si ya fue objeto de uno de ellos.
El objetivo final de esta columna, es que todos conozcamos esta posibilidad para aliviar las pesadas cargas financieras que hoy vivimos, y que si no ha hecho uso del PAD, se acerque a su banco y pregunte como puede acceder a estos beneficios. ¡Recuerde, la salud es su principal activo!
