Las declaraciones de renta personas naturales año 2018
Por primera vez, las declaraciones de renta de las personas naturales mostraran gravables mínimas y diferentes.

Por José Hilario Araque C. Docente Usco; Juan Diego Araque Duran, abogado especialista en derecho Tributario.
La Reforma Tributaria de 2016 (Ley 1819 de 2016) como todos sabemos, cambió las reglas de juego en materia tributaria tanto para personas naturales como personas jurídicas, efectos que, por primera vez, para personas naturales residentes en Colombia se verán reflejados en las declaraciones de renta del año gravable 2017 que ahora en el mes de agosto comienzan los vencimientos, como en efecto se vieron ya reflejados en las declaraciones de renta de las personas jurídicas presentadas en abril y mayo de este año por las incidencias de las NIIF en la determinación del impuesto.
Entre las mayores novedades que introdujo esta ley de reforma tributaria del año 2016, es la “simplificación” de este tributo, porque se eliminó el IMAN y el IMAS creando ahora una determinación de base gravable cedular que permite clasificar los ingresos según su origen y asi determinar bases gravables diferentes y mínimas, calculando impuesto de renta según la cedula que corresponda.
Asi las cosas, las contribuyentes personas naturales como asesores tributarios, debemos empezar a ser más cuidadosos a la hora de elaborar la declaracion de renta del año gravable 2017, obteniendo cedulas conforme a la naturaleza de los ingresos realizados, clasificándolos y depurando la base gravable conforme a esas nuevas reglas establecidas. Este sistema busca que solo se resten de cada tipo de ingresos las deducciones relacionadas con ese ingreso, dándole transparencia al resultado por cada actividad desarrollada y no como antes donde se tenía un solo total de ingresos y se restaban deducciones generales y especiales para obtener una sola base gravable.
Seminario taller para la declaración de renta personas naturales
El próximo viernes 27 de julio a través de la Asociacion de Contadores Publicos del Huila estaré exponiendo estas novedades y desarrollando un taller para una óptima presentación de la declaracion de renta del año gravable 2017. Pueden comunicarse con los números 3152337160 y 8712796.
Quienes están obligados a declarar el impuesto a la renta en este año 2018.
Los plazos para presentar oportunamente la declaración de renta del año gravable 2017 de las personas naturales inician el 09 de agosto de 2018 atendiendo a los dos últimos dígitos del NIT empezando a con los números 99 y 00 y finaliza en octubre 19 con los números 01 y 02 (Ver calendario en www.araqueasociados.com).
Para saber si usted como residente en Colombia tiene la obligación de presentar declaracion de renta del año gravable 2017 ahora en el 2018 como asalariado o independiente (comerciantes, agricultores, ganaderos, rentista de capital, etc.), debe analizar y determinar el cumplimiento de cualquiera de las siguientes condiciones, asi:
- Haber poseído un patrimoniobruto a diciembre 31 (activos) mayor a $143.366.000
- Que los ingresos totales obtenidos en el 2017 fueron iguales o superiores a la suma de $44.603 000
- Haber hecho pagos con tarjeta de créditomayores a $44.603.000
- Que las compras y consumos en general en el año fueron superiores a $44.603.000
- Que el total de sus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financierashayan sido mayores en el año a la suma de $44.603.000
Conclusiones:
- Si los ingresos obtenidos durante el 2017 fueron inferiores a la suma de $44.603.000 o cuantías inferiores a las otras condiciones anteriormente mencionadas, no deberá presentar la declaracion de renta, salvo que se encuentre inscrito en el RUT como responsable del impuesto a las ventas régimen común, caso en el cual, por este solo hecho, debe presentar declaracion de renta.
- Si es asalariado y el 80 % de sus ingresos provienen de un contrato laboral en una suma igual o mayor a $44.603.000 debe presentar declaracion de renta en su condición de asalariado.
- Dentro de los ingresos obtenidos se suman los que hayan realizado en desarrollo de cualquier actividad económica con independencia de la cedula a que pertenezcan (Parágrafo 1 del Art. 1.6.1.13.2.7 del DUT, modificado por el art. 1 del Decreto 1951 d 2017).
- Son muchos los cambios introducidos por la reforma tributaria de 2016 que se pondrán en práctica con la presentación de la declaracion de renta del año 2017, inclusive cambios sorprendentes como el caso de las cesantías de los trabajadores en los fondos, la deducción por dependientes, la renta presuntiva y otros temas que incidirán en una base gravable superior.
Las opiniones son responsabilidad de los socios de Araque Asociados Consultores Tributarios SAS. Nos basamos en el entendimiento de las normas vigentes y en el conocimiento del derecho tributario, y puede no ser compartido por las autoridades tributarias. Consúltenos en www.araqueasociados.com Preguntas y sugerencias en el correo: contacto@araqueasociados.com. Atención personalizada: Carrera 5 No. 14-32 oficina 7 Pasaje de la Quinta, teléfonos: 8721132 y 321 452 3315 de Neiva, Huila.