Parque de Los Guácharos, un abandono institucional
Luego de un largo proceso, que inició Adadier Perdomo Urquina en contra del Municipio de Acevedo por el abandono del Parque Natural Nacional Cueva de los Guácharos, el mal estado de las vías de acceso y la contaminación producida en el río Suaza, se dictó el fallo a los responsables, la cual se deberá ejecutar en 6 meses, aproximadamente.

Como parte importante del proceso, que emprendió Adadier Perdomo Urquina en contra del Municipio de Acevedo, por distintas irregularidades que rodean la parte turística, ecológica y ambiental de la zona teniendo como punto de partida el deterioro de las vías de acceso al PNN Cueva de los Guácharos, la descomposición del mismo y deforestación y contaminación del río Suaza, de lo cual declararon directamente responsables a las atribuciones constitucionales y legales a la Nación - Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, a la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena – CAM, al Departamento del Huila y al municipio de Acevedo (Huila), de acuerdo con las razones expuestas en la parte motiva de la sentencia.
Es así como, dentro de las exigencias hechas en la sentencia, se le obliga a cada parte cumplir con ciertos requisitos cada uno en un tiempo determinado, los cuales no se extienden a más de seis meses a partir del fallo de la misma.
Las cuales, para dar cumplimiento a esta ordenación, las mencionadas entidades deberán actuar en el marco de sus respectivas competencias, en los aspectos que dispongan de recursos humanos, económicos, técnicos, tecnológicos o de equipos, en acatamiento de la jerarquía señalada dentro del Sistema Nacional Ambiental, SINA, conforme lo dispone el parágrafo del artículo 4° de la Ley 99 de 1993; y siguiendo las políticas y directrices trazadas por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible – UAE del Sistema de Parques Naturales Nacionales.
Una de las principales y más importantes exigencias hechas al Municipio y a la CAM es llevar a cabo todas las acciones administrativas, presupuestales y contractuales a fin de ejecutar las obras que garanticen la prestación eficiente y oportuna del sistema de alcantarillado, garantizando el no vertimiento de aguas residuales y sin tratamiento al río Suaza en su jurisdicción, lo cual garantizaría la disminución de contaminación y afectación de manera directa al PNN.
En dicha diligencia jurídica, queda claro que la responsabilidad recae sobre los entes de control que rigen la parte medioambiental del Municipio, así como este mismo, sin embargo, se les da el poder de hacer extensiva la problemática a todas las personas que habitan, circulan o visiten en calidad de turistas o por cualquier motivo, el PNN cueva de los Guacharos, dar a conocer el daño ecológico que padece actualmente la fuente hídrica, intensificando las campañas de sensibilización frente a la necesidad de conservación del ambiente y consolidación de un espíritu de preservación de este patrimonio natural nacional.
Dentro de la resolución se exonera al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y al Ministerio de Defensa - Policía Nacional, y se pide crear un comité de verificación que asegure la eficaz implementación de lo ordenado, siendo este conformado por un representante del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible – UAE del Sistema de Parques Naturales Nacionales, el Departamento del Huila, del Municipio de Acevedo y de la CAM; quienes deberán informar bimensualmente al Tribunal sobre las decisiones y acciones que se tomen y realicen al respecto.
“El panorama”
Haciendo un recuento sobre el hecho mismo de la demanda, es importante mencionar que el Estado no ha hecho presencia ni ha estado pendiente de la problemática, pues la ribera del río Suaza ha sido y sigue siendo deforestada, la carretera entre Acevedo y San Adolfo se encuentra deteriorada, el tramo entre San Adolfo y Villa Fátima prácticamente es intransitable debido a la falta de mantenimiento, y desde Villa Fátima, el camino para llegar a la cueva es el prototipo del abandono estatal al no existir la mínima manifestación de hacerla una vía transitable.
Según lo expuesto en la sentencia, ninguno de los entes de control, a pesar de conocer la problemática, se han preocupado por solucionarla ni hacer presencia, además de “no responder derechos de petición y el Ministerio de Defensa no ha ubicado policía turística en la zona para propiciar el turismo”.
Asimismo, una de las consecuencias más benéficas para el Municipio una vez se lleven a cabo todas las órdenes impuestas en el fallo, se reviviría el turismo sobre esta zona, se reactiva la economía de la región como los gremios hotelero, transportador y artesanal, ya que en este ente territorial se encuentra la firmeza e idiosincrasia del sombrero suaceño, de reconocimiento internacional.
PNN Cueva de los Guácharos
En el Departamento del Huila, en la jurisdicción del municipio de Acevedo, existe una porción de bosques de setecientas (700) Hectáreas de extensión, conocida con el nombre de Cueva de los Guácharos. este sector de bosques fue declarado el primer Parque Natural Nacional de Colombia mediante Decreto 2631 de 19601, con el fin de preservar las especies forestales nativas que en él existían y especialmente, conservar el refugio de aves a las que le debe su nombre, los guácharos.
Se debe tener en cuenta que las finalidades del Sistema Nacional de Parques Naturales se encuentran consagradas en el artículo 328 ibídem, las cuales son: i) conservar con valores sobresalientes de fauna y flora y paisajes o reliquias históricas, culturales o arqueológicas, para darles un régimen especial de manejo fundado en una planeación integral con principios ecológicos, para que permanezcan sin deterioro; ii) perpetuar en estado natural muestras de comunidades bióticas, regiones fisiográficas, unidades biogeográficas, recursos genéticos y especies silvestres amenazadas de extinción.
Además, se deben proveer puntos de referencia ambientales para investigaciones científicas, estudios generales y educación ambiental; b) mantener la diversidad biológica; y c) asegurar la estabilidad ecológica; iii) proteger ejemplares de fenómenos naturales, culturales, históricos y de otros de interés internacional, para contribuir a la preservación del patrimonio común de la humanidad.
Así como la prohibición de baldíos, ventas de tierras, la caza, la pesca y toda actividad industrial, agrícola o ganadera, distinta a la del turismo o de aquella que el Ministerio de Agricultura considerara conveniente para la conservación o embellecimiento de la zona, en los términos de la Ley 2ª de 1957.
Desde el año 2002, el PNN, centro de la acción de la referencia, hace parte del Proyecto Corredor Biológico del Macizo Colombiano, proyecto cuyos objetivos principales son asegurar y conservar un área de 84.000 hectáreas de ecosistemas naturales entre el PNN Cueva de los Guácharos y el PNN Puracé, y facilitar la conectividad biológica, social y cultural entre estas dos áreas protegidas.