Conductas querellables pueden ser conciliables
En su primer programa por DHRadio “Consultorio Jurídico Virtual - Universidad Cooperativa de Colombia” explicó el nuevo sistema penal abreviado y la designación de defensores privados para delitos menores.
Diario del Huila
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“Consultorio Jurídico Virtual” es un programa radial que trata temas de interés en torno al ambiente jurídico; a cargo del director del Centro de Conciliación de Consultores de la UCC - de la ciudad de Neiva, Reynaldo Polanía Polanía, Fernando Ardila y el magíster en derecho penal Richard Mauricio Gil.
En su primer programa abordó el tema del nuevo sistema penal abreviado, Ley 1826 de 2007, cuya modificación se centra en las querellas, es decir, delitos menores. Fue modificada en el presente año y rige desde el pasado miércoles; de acuerdo a los panelistas, esta tuvo dos grandes cambios, el primero la disminución de audiencias y el segundo, la designación de defensores privados para delitos querellables.
Según explicó Richard Mauricio Gil “Lo que se hace es crear un procedimiento abreviado, distinto, o menos engorroso, para algunas conductas que son las que expone el Artículo 10 que crea el Artículo 534, como conductos querellables: inasistencia alimentaria, hurto calificado y hurto agravado...” es decir, delitos que se pueden solucionar por medio de la conciliación.
Querellas son “aquellos comportamientos ilícitos de alguna persona que lesionan directamente a otra. Donde solamente la víctima, quien padece la violación de un derecho es quién está facultado para que se inicie la acción penal”. Es decir, que salvo en situaciones especiales, ninguna otra persona puede formular la querella.
Menos audiencias
La disminución de audiencias significa que, si antes se realizaban como mínimo cuatro (imputación, información, acusación, preparatoria y de juicio) ahora solo se realizarán dos: Audiencia Concentrada y Audiencia de Juicio (lectura de fallo). Donde la víctima del delito es quien se dirige hacia la Fiscalía General de la Nación, máximo seis meses después de haber ocurrido el hecho, con las pruebas materiales de éste para imponer su denuncia. Esto contribuirá a descongestionar los procesos que lleva la fiscalía y permitirá que se puedan investigar más los delitos graves.
En el programa se dio a conocer todo el proceso que esto conlleva, y se aclaró que después de impuesta la denuncia y una vez realizado todo el proceso investigativo, si la fiscalía considera viable la imputación, ésta citará a la persona para hacerle entrega del documento físico de acusación escrito con todos los elementos. Es decir, que no todas las querellas serán tomadas en cuenta, depende de su veracidad, personas implicadas, acuerdo entre víctimas. Entre otras.
Acusador privado
El proceso penal abreviado permite que sea la víctima en compañía de su abogado quienes impongan la denuncia y adelanten la investigación, según expresó Richard Mauricio Gil.
“El acusador privado es aquella persona querellante, victima directa, que puede adelantar todo el trámite ya mencionado. Es decir, presentar escrito de acusación, irse a una audiencia concentrada y posteriormente demostrar en juicio la responsabilidad de a quien ha denunciado.”
En el programa también se mencionó la incidencia y participación de los estudiantes de consultoría, ya que estos podrán representar al acusador en estos procesos.
“Consultorio Jurídico Virtual” abordará en el siguiente programa la Ley Penal de Paz ahora que se habla de posconflicto en Colombia; las incidencias de la Justicia Especial para la Paz; la cita será el próximo jueves de 11:00 am a 12:00 pm a través de la Fan Page de Diario del Huila.
Opinan los seguidores
Yamile Jiménez Vargas
Excelente trabajo por parte del personal de docentes que cada día dejan más en alto en nombre de la universidad y mil felicitaciones al doctor Ardilla Rubiano y Richard.
Mateo Monroy
Excelente alianza! Este tipo de programas acerca el conocimiento del derecho, quienes no tienen acceso a este. Pregunta para el Dr. Richard, ¿Los estudiantes de los consultorios jurídicos pueden fungir como defensores del acusador privado?
Fernando Barreto Rivera
Felicitaciones al doctor Eduardo Rubiano y al doctor Fernando Ardila y en lo que a mi alcance este con mucho gusto en temas de Protección al Consumidor.
Manuel Arnubio Vargas
Muy buen programa y felicitaciones al Diario del Huila y la UCC por tal excelente programa y tener a las eminencias en derecho penal y al director de consultorio jurídico.
