viernes, 12 de septiembre de 2025
Regional/ Creado el: 2020-03-30 06:26

Se amplía el período a gerentes de hospitales públicos

Tras la emergencia que se está viviendo en Colombia, el Gobierno Nacional dio a conocer un decreto donde amplia el periodo de gerentes de hospitales. Además, aplazó los concursos de méritos y procesos de selección de empleos. De igual manera, especifica que por ningún motivos las universidades públicas pueden suspender la remuneración o los honorarios a los docentes.

Escrito por: Redacción Diario del Huila | marzo 30 de 2020

El Gobierno Nacional expidió el Decreto 491 de 2020, en el marco de la emergencia económica, social y ecológica, con el fin de establecer nuevas medidas que protejan el empleo y la atención de los ciudadanos por parte de las entidades públicas y particulares cuando cumplan funciones públicas.

El documento notifica la ampliación  del período institucional de los gerentes de hospitales públicos en el país para atender la contingencia provocada por la pandemia del coronavirus.

“Los gobernadores y alcaldes podrán ampliar, por un término de 30 días, el período institucional de los gerentes o directores de Empresas Sociales del Estado que termina en el mes de marzo de 2020. Si el alcalde o gobernador no amplía el período, deberá nombrar al gerente o director, de acuerdo con el procedimiento señalado en el artículo 20 de la Ley 1797 de 2016”, así lo indicó el Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Fernando Grillo.

El período institucional del nuevo gerente o director iniciará con la posesión y culminará tres (3) meses después del inicio del período constitucional del gobernador o del alcalde respectivo.

Es así como el Director del Hospital Universitario de Neiva, Hernando Moncaleano, Jesús Antonio Castro Vargas deberá estar en el cargo por unos meses más mientras la emergencia termina o el acalde y gobernador deciden nombrar un nuevo gerente.

Igual sucedería para la ESE Carmen Emilia Ospina, Erika Paola Losada Cardoza y demás entidades de salud de los municipios.

Medidas sobre concursos de empleos

Otra de las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional con el objetivo de proteger a los ciudadanos es el aplazamiento de los concursos de méritos y procesos de selección de empleos públicos que actualmente se estén adelantando en el servicio público para garantizar la participación en los concursos sin discriminación de ninguna índole, evitar el contacto entre las personas y propiciar el distanciamiento social.

Según la normativa, las autoridades competentes deberán reanudarlos una vez se superen los hechos que dieron lugar a la Emergencia Económica, Social y Ecológica.

“En el evento en que el proceso de selección tenga listas de elegibles en firme, se efectuara los nombramientos y las posesiones en los términos y condiciones señalados en la normatividad vigente. La notificación del nombramiento y el acto de posesión se podrá realizar haciendo uso de medios electrónicos. Durante el período que dure la Emergencia Sanitaria estos servidores públicos estarán en etapa de inducción y el período de prueba iniciará una vez se supere dicha Emergencia.” explicó el Director Fernando Grillo.

Medidas para contratistas y docentes

El decreto expedido por el Gobierno Nacional también ordena a las universidades públicas que permitan a los docentes ocasionales o de hora cátedra cumplan sus funciones mediante la modalidad de trabajo en casa, haciendo uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones. “Bajo ningún motivo, las universidades públicas pueden suspender la remuneración o los honorarios a los docentes”, agrega el Director de Función Pública.

De otra parte, los contratistas también serán protegidos por el Gobierno Nacional y en el decreto, tal y como fue anunciado por el Presidente de la República, Iván Duque Márquez, y el Ministro de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, no se suspenderán los contratos de prestación de servicios en el Estado.

Adicionalmente, para los contratos administrativos con las empresas de aseo, cafetería, vigilancia, transporte y otros servicios de esta naturaleza no serán suspendidos mientras dure el aislamiento preventivo obligatorio. Las empresas que tengan estos contratos deberán certificar el pago de la nómina y seguridad social de los empleados para poder efectuar el pago.

“Las entidades públicas deberán habilitar medios electrónicos para que se puedan recibir, tramitar y pagar los honorarios de los contratistas del Estado”, anotó el Director Grillo.

Finalmente, el decreto estableció que se enviará un reporte a las Aseguradoras de Riesgos Laborales (ARL) la lista de servidores públicos y contratistas que durante el período de aislamiento preventivo obligatorio presenten sus servicios a través de teletrabajo o trabajo en casa.

Acerca del Empleo Público

De acuerdo con las cifras del Sistema de Información y Gestión del Empleo Público (SIGEP), el país cuenta con 1.198.834 servidores públicos discriminados así: Rama Ejecutiva del Orden Nacional: 411.986 uniformados; 326.952 docentes; 138.610 servidores; Orden Territorial: 222.160 servidores; Rama Judicial: 60.801 servidores; Entes Autónomos: 20.644 servidores; Órganos de Control: 11.880 servidores; Organización Electoral: 3.553 servidores; Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición: 1.395 servidores; Rama Legislativa: 854 servidores. Adicionalmente, el Sistema Electrónico de Contratación Pública (SECOP) reporta que a la fecha el Estado cuenta con 231.935 contratistas incluyendo contratación directa y régimen especial.