Se abre convocatoria a empresas de Economía Naranja para acceder a exención de renta
Las compañías interesadas deben generar, por ejemplo, nuevos empleos relacionados con las industrias de valor agregado tecnológico. Hay plazo hasta el 31 de marzo para participar.

El Gobierno Nacional abrió una convocatoria que permite a las empresas del sector de economía naranja acceder a este beneficio.
Del 1 al 31 de marzo se podrá realizar el trámite virtual a través de la página www.economianaranja.gov.co, para que las empresas postulen su proyecto y entren en el proceso de evaluación por parte del comité designado. Todo el trámite es virtual a través de este sitio web.
El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, como entidad que hace parte del Consejo Nacional de Economía Naranja, las empresas de los sectores de desarrollo de sistemas informáticos, animación, videojuegos, entre otras (que cuenten con código CIIU y actividades incluidas en esta convocatoria).
- ¿En qué consiste el beneficio de rentas exentas para empresas de la Economía Naranja?
Es un incentivo tributario para empresas de Economía Naranja (industrias de valor agregado tecnológico y actividades creativas), en el que las rentas que sean provenientes de su objeto social se encuentran exentas por un periodo de siete (7) años (Ley 2010 de 2019, art. 91).
- ¿A quién está dirigido?
A personas jurídicas (sociedades) que estén constituidas o se constituyan e inicien actividades antes del 31 de diciembre de 2021, que sean contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios del régimen ordinario (Responsabilidad 05- Impto. Renta y complementarios. Régimen ordinario expresa en el RUT), que tengan su domicilio principal dentro del territorio colombiano y cuyo objeto social sea exclusivo del desarrollo de industrias de valor agregado tecnológico y/o actividades creativas.
- ¿Cuáles son los requisitos?
- Ser persona jurídica e iniciar el desarrollo de las actividades antes del 31 de diciembre de 2021.
- El objeto social y todas las actividades económicas deben estar enmarcadas dentro del listado del Código CIIU publicado en la siguiente guía: https://www.mincultura.gov.co/areas/artes/preguntas-frecuentes/Documents/Guia_de_Aplicacion_Rentas_Exentas.pdf
- Tener ingresos brutos anuales no superiores a 80.000 UVT = $ 2.848.560.000 ($ 35.607 = 1 UVT en 2020). Salvo para el caso de las sociedades cuya actividad económica principal este enmarcada en el código 5911, cuyos ingresos brutos anuales pueden ser superiores a 80.000 UVT.
- Generar nuevos empleos relacionados directamente con las industrias de valor agregado tecnológico y actividades creativas. Estos deben tener vocación de permanencia, teniendo en cuenta el monto de ingresos brutos anuales: