Sancionada ley que deshereda a hijos maltratadores
Esta ley agrega tres incisos al artículo del Código Civil que reglamenta la indignidad sucesoral.
El Presidente Juan Manuel Santos dio sanción a la Ley 1893 la cual aumenta las causas de indignidad sucesoral para quienes sean responsables de violencia intrafamiliar, entre otros delitos, en contra de la persona de cuya herencia se trata.
La nueva normativa establece que tampoco podrá ser heredero o legatario quien “hubiese sido condenado con sentencia ejecutoriada por la comisión de alguno de los delitos contemplado en el Título VI capítulo I del Código Penal, siendo el sujeto pasivo de la conducta la persona de cuya sucesión se trata”.
La citada ley, modificatoria del artículo 1025 del Código Civil, estipula que tampoco podrá heredar quien “abandonó sin justa causa a la persona de cuya sucesión se trata estando obligado por ley a suministrarle alimentos”.
Otras disposiciones
Señala la norma, además, que debe entenderse por abandono “la falta absoluta o temporal a las personas que requieran de cuidado personal en su crianza, o que, conforme a la ley, demandan la obligación de proporcionar a su favor habitación, sustento o asistencia médica”.
Por último, dice la ley, que también incurrirá en indignidad sucesoral “quien abandonó sin justa causa y no prestó las atenciones necesarias al causante, teniendo las condiciones para hacerlo, si este en vida se hubiese encontrado en situación de discapacidad”.
Esta norma también se extiende a las parejas maltratadoras, que no podrán reclamar los bienes de su cónyuge cuando éste fallezca. Son ocho incisos en total los que contempla esta normativa, la cual refiere que se debe garantizar el suministro de alimento, habitación, asistencia médica o sustento.
En su momento el senador Roy Barreras, ponente del proyecto, explicó que “es un mensaje de amor para honrar a los padres, ya que aquellos malos hijos que maltraten a sus viejos o abuelos, perderán el derecho a la herencia y no solo ellos, cualquiera que sea sujeto activo de maltrato intrafamiliar, pierde derecho a la herencia”.
“La familia tiene que ser honrada y amada. Esta ley, que con la firma del presidente quedará lista, es un mensaje para todos aquellos malos hijos que no podrán reclamar sucesoralmente ningún beneficio por la muerte de sus padres”, añadió.
La ley también contempla que incluso quien hasta en sexto grado de consanguinidad, haya participado en algún crimen para quedarse con la herencia, no tiene derecho a la misma.
