jueves, 02 de abril de 2026
Regional/ Creado el: 2016-01-31 09:38

Mujeres con zika pueden abortar

DIARIO DEL HUILA se comunicó con ‘La Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres’ que es un colectivo de personas que trabaja por los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres en Colombia, en particular, por la despenalización total del aborto. Esto fue lo que dijeron.

Escrito por: Redacción Diario del Huila | enero 31 de 2016

¿Una mujer embarazada con zika tiene derecho a abortar?

 Sí, si así ella lo decide. La Sentencia C-355 de 2006 despenalizó el aborto en tres circunstancias:

 1. Cuando el embarazo es producto de una violación o abuso sexual.

2. Cuando el embarazo constituye riesgo para la salud integral o la vida de la mujer. Queremos poner énfasis en que la Corte Constitucional colombiana sostiene y ha reiterado que ello no hace solo referencia a la salud física sino también mental de la mujer.

3. Cuando el feto presenta una malformación incompatible con la vida fuera del útero.

En el caso de este virus, la mujer podría solicitar la Interrupción Voluntaria del embarazo por la causal salud, dado que ello puede conllevar una afectación a su salud mental. En todo caso, es indispensable que a cualquier mujer embarazada que contradiga el zika conozca todas las opciones existentes, tanto seguir con su embarazo como interrumpir y pueda tomar una decisión informada.

 

¿Qué derechos médicos tiene una mujer que padece zika?

 

El Estado colombiano, a través de las entidades que prestan servicios de salud, debe garantizar:

 1.    Una atención en salud materna plena e integral enfocada a las mujeres y niñas del país.

2.    Atención completa a todas las causas prevenibles que inciden en la morbilidad y mortalidad materna, entre las que se encuentran virus como el zika que puede afectar a más de la mitad de la población colombiana. Especialmente a las niñas menores de 19 años donde radica el porcentaje más alto de fecundidad en Colombia.

 3.    Garantía del derecho a interrumpir el embarazo, si la mujer así lo decide, cuando encuentre que este afecta su salud física o mental, o cuando el feto presenta alguna malformación incompatible con la vida. Recordando que es un derecho fundamental reconocido por la Corte Constitucional desde 2006 y es posible acceder a él en condiciones seguras, gratuitas y oportunas.

 

¿Y cómo se puede prevenir?

La mujeres tienen el derecho al pleno acceso a métodos anticonceptivos. Recordando que hacen parte del POS desde 2004 y su suministro es obligatorio por parte de las EPS y ARS del país.

Aprovechamos esta coyuntura para reiterar también la importancia de la educación sexual en Colombia, pues un alto porcentaje de los embarazos que tienen lugar en el país son no planeados, especialmente entre niñas y adolescentes.

 

¿Cómo se verifica que esto se cumpla? 

Las entidades de vigilancia y control del Estado como el Ministerio de Salud, las Secretarías de Salud y la Superintedencia deben tomar todas las medidas preventivas y de atención en salud para garantizar el acceso a salud por parte de las mujeres embarazadas y sancionar a las entidades de salud que obstruyan estos servicios.