lunes, 30 de marzo de 2026
Regional/ Creado el: 2014-06-10 06:44

Gobernador por fin volverá a Uniamazonía

Una sentencia del Consejo de Estado dice que la universidad no debió excluir al mandatario.

Escrito por: Redacción Diario del Huila | junio 10 de 2014

Luego de 12 años de ser excluido el gobernador del Caquetá del Consejo Superior de la Universidad de la Amazonía, una sentencia del Consejo de Estado le puso fin a esto y ordenó (de manera provisional) que el mandatario tuviera un asiento en este estamento.

De esta forma, el actual gobernador del vecino departamento Víctor Ramírez Loaiza, desde hoy podrá ocupar un asiento en este centro de estudios, junto al representante del Presidente de la República, el Ministerio de Educación, directivas académicas, profesores, egresados, estudiantes, sector productivo y exrectores.

El demandante, Eduardo Andrés Gómez Rodríguez, sostuvo que el artículo acusado viola el literal b) del artículo 64 de la Ley 30 de 1992, por cuanto excluyó del Consejo Superior al Gobernador y la ley señala su participación de manera taxativa.

De esta forma Gómez Rodríguez solicitó la nulidad del inciso 1 del artículo 24 del Acuerdo 062 de 2002, por el cual el Consejo Superior de la Universidad de la Amazonía adoptó el Estatuto General.

Ante esta demanda de nulidad, “La Universidad de la Amazonía consideró que no debe decretarse la suspensión provisional del acto acusado, toda vez que de la confrontación de las normas de rango superior invocadas por el actor como presuntamente violadas y de la norma acusada, no se desprende violación de las mismas”, señala la providencia.

 

Conforme a lo anterior, se concluye que la Universidad de la Amazonía, no podía excluir de su Consejo Superior Universitario al Gobernador del Caquetá, por lo cual se confirmará la providencia suplicada.

 

“Cuando la institución universitaria sea del orden nacional el Consejo Superior Universitario será presidido por el Ministro de Educación Nacional o su delegado y que cuando sea en el orden departamental será presidido por el Gobernador, lo cual no implica que por la naturaleza Nacional o Departamental de la Universidad, el Ministro o el Gobernador dejen de considerarse miembros del Consejo. Situación que es diferente, cuando se trata de universidades del orden municipal y distrital, pues según lo dispuesto en el parágrafo 1° del artículo 64 de la Ley 30 de 1992, son los alcaldes los que forman parte del Consejo y no el gobernador”,  señaló la consejera de Estado ponente, María Claudia Rojas Lasso. 

Por su parte el abogado Vladimir Salazar, experto en derecho administrativo, “en Colombia la mayoría de  las universidades del nivel nacional, incluida la Universidad Surcolombiana,  contemplan  en su Consejo Superior al Gobernador del Departamento donde tiene su domicilio principal, con la excepción  de  la Uniamazonia y la Unillanos, esto porque, a mi leal saber, en  dichos centros de estudios se ha  mal interpretado la sentencia  C-589 de 1997,  en la cual la Corte Constitucional cometió un error de transcripción  al determinar que el gobernador no hacia parte de  los consejos de las universidades del orden nacional, no obstante  dicho yerro, que se encuentra en un simple párrafo del fallo,    no es vinculante (obligatorio) por no hacer parte de la tesis principal de la sentencia  y por el contrario:  el tenor literal de la ley es claro, por lo cual,  al haber sido declarada exequible,  se le daba dar cumplimiento directo al texto de la norma, el cual es inequívoco”, recalcó.