Procuraduría “le pone el ojo” a la contratación estatal durante la pandemia
La Procuraduría exhortó a los Representantes Legales y Ordenadores del Gasto de las entidades a cumplir con la normativa contractual expedida en virtud del estado de emergencia sanitaria y los principios de la contratación estatal.

El Ministerio Público reiteró su compromiso con la prevención de la corrupción, el uso eficiente de los recursos públicos y la garantía de los derechos de la población, y advierte que estará vigilante al cumplimiento estricto de la normativa en materia de contratación, de manera que los recursos que se comprometan, se orienten a atender las necesidades expuestas con ocasión de la emergencia sanitaria.
Instó a las Comisiones Regionales de Moralización a que garanticen, coordinen y promuevan en su respectivo territorio, las acciones de prevención de riesgos de corrupción en la ejecución de los recursos públicos.
La presente directiva, expedida con ocasión de la función preventiva ejercida por la Procuraduría General de la Nación, deberá ser publicada en las páginas web e intranet institucionales, en garantía de los principios de publicidad y transparencia y, el derecho al acceso de la información pública.
El Ministerio Público, solicitó garantizar el uso adecuado y prioritario de los recursos públicos disponibles para mitigar, contener y remediar los efectos negativos de la pandemia.
Manifestó Carrillo que la transparencia, la eficiencia, la moralidad, y la economía, son los ejes que deben girar en los procesos de contratación. Recordó que se tiene que permitir el libre acceso de los entes de control a los planes de acción para conjurar la emergencia y a los contratos para su ejecución.
Otro de los riesgos que identificó la Procuraduría giró alrededor de la falta de justificación previa de la necesidad de contratos.
Necesidades de contratación
Señaló en su directiva que se tiene que identificar claramente la necesidad de la contratación derivada de la emergencia e incluir en sus documentos, como mínimo: las razones por las que el contrato permite afrontar la emergencia sanitaria, la focalización de la población beneficiaria, la justificación técnica y económica de la contratación, y las condiciones de entrega de los bienes o la prestación del servicio y, la información sobre la persona natural o jurídica con la que se celebró el contrato.
Señaló la Procuraduría que es muy importante elaborar estudios de mercado o como mínimo análisis de mercado y de costos con el fin de optimizar recursos, revisando contratos similares, precios del mercado y establecer precios máximos a bienes o servicios necesarios para atender la pandemia. Así mismo, revisar las fuentes oficiales o sistemas de información de precios como el SIPSA del DANE y, la regulación de precios de la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos, entre otros.
Advertencias
Igualmente, la Procuraduría advirtió las contrataciones que no se podrían desarrollar durante la época de pandemia, Contratación relacionada con la emergencia que no resulte necesaria, tales como, material publicitario impreso, radial, fotográfico o virtual sobre prevención del COVID-19 dirigido a población con acceso a televisión e internet y que cuentan con información suficiente; o contratos de publicidad para resaltar la imagen del alcalde, gobernador o partido político.
La falta de justificación previa de la necesidad: contratos sin ningún tipo de justificación y por tanto, no es claro si los mismos están destinados a contener la emergencia o hacen parte del giro ordinario de las funciones de la entidad, por ejemplo, adquisición de ayudas humanitarias sin identificar la población vulnerable con base en la cual se determina el número de mercados y compra de bienes sin cotizaciones o fuentes de información sobre precios
Contratación por urgencia manifiesta no vinculada con la emergencia: contratos que no están relacionados con acciones necesarias que permitan prevenir el contagio de virus o mitigar los efectos de la pandemia, por ejemplo, contratación de personal administrativo y mantenimiento de parques.
La Procuraduría solicitó ejercer inspección y vigilancia al cumplimiento de lo ordenado por el ejecutivo, respecto a la congelación de las tarifas de este servicio público.
Vigilancia a cobros injustificados de servicio de energía
De igual forma, el Ministerio Público requirió a la superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios, Natasha Avendaño García, para que brinde una explicación a los usuarios acerca de aumentos que parecen injustificados en el servicio de energía, a pesar de la congelación de tarifas decretada este último mes por el Gobierno Nacional.
Ante las denuncias ciudadanas sobre cobros excesivos, la Procuraduría en carta a la superintendente solicitó ejercer inspección y vigilancia al cumplimiento de lo ordenado por el ejecutivo, respecto a la congelación de las tarifas de este servicio público esencial.
Así mismo, el ente de control instó a Avendaño García para que establezca si las mediciones de la energía se hicieron conforme a lo que determina la ley.
Los departamentos afectados con un presunto incremento injustificado en la facturación de los meses de febrero y marzo de 2020, serían Atlántico, Cesar, Córdoba Meta, Quindío, y Tolima, entre otros.
La Procuraduría reiteró a los servidores públicos y ordenadores del gasto de las entidades del orden nacional, departamental y municipal, la obligación de cancelar los servicios públicos, incumplimiento que podría generar acciones de orden disciplinario, según lo dispuesto en la Directiva 022 del 10 de Diciembre de 2019.